CARVALLO MUÑOZ RODOLFO PATRICIO CONTRA GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
21 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Comparece Miguel Zapata Villablanca, abogado, en favor de Rodolfo Patricio Carvallo Muñoz, por quien recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Manifiesta que el 9 de marzo de 2022, en audiencia ante el Juzgado de Garantía de Iquique, RIT N°771-2022, RUC N°2200224585-3, el amparado es formalizado por el delito de receptación de vehículo motorizado, decretándose la medida cautelar de prisión preventiva, autorizando el cumplimiento de esta en el Recinto Penitenciario de Antofagasta. Posteriormente, el 15 de marzo del año 2022, Gendarmería de Chile informa al Juzgado que considera inconveniente el traslado del amparado, debido a que el recinto de Antofagasta se encuentra al límite de su capacidad de diseño, manteniendo un 99,9% de ocupación, lo que no permite una correcta segmentación del interno,
Fundamentos
considerando además que dicho penal se encuentra en proceso de descongestionamiento. El 12 de junio se solicita audiencia para discutir la posibilidad de traslado del amparado a la Cárcel de Antofagasta, principalmente porque mantiene a toda su familia en esa ciudad, a lo que el Tribunal resolvió, en síntesis, solicítese ante el Complejo Penitenciario el traslado, atendido a que corresponde a un trámite administrativo que compete netamente a Gendarmería, sin perjuicio que para ese Tribunal no existe inconveniente en que el imputado sea trasladado. El 7 de julio Gendarmería de Chile informa al Juzgado que considera inconveniente que el interno sea trasladado hacia la unidad penal solicitada, esto debido a que el recinto se encuentra al límite de su capacidad de reclusión y bajo un plan constante de descongestionamiento de población penal. Luego, en audiencia del 13 de septiembre se discute nuevamente la posibilidad de traslado de recinto penal del amparado, informando la recurrida que estima inconveniente trasladar al interno hacia el recinto solicitado, debido a que este establecimiento presenta sobrepoblación en cuanto a su capacidad de diseño. Finalmente, en audiencia de 17 de noviembre, una vez más, se discute la posibilidad de traslado, ordenándose oficiar al efecto a Gendarmería de Chile para que considere el traslado del recurrente sin avizorar inconveniente al respecto, sin que hasta la fecha exista respuesta de parte de dicha institución. Alega que la decisión administrativa de Gendarmería de Chile, de no permitir el traslado del recurrente al Centro Penitenciario de Antofagasta, afecta gravemente su libertad personal, seguridad individual y la integridad psíquica, más aún se han conculcado los derechos fundamentales de su familia, tanto conviviente como sus hijos, lo que viene en acrecentar aún más el dolor de la familia al encontrarse restringida la libertad ambulatoria del recurrente, tanto en la parte emocional como económica. Solicita ordenar de forma inmediata el traslado del amparado desde el Centro Penitenciario de Alto Hospicio al Centro Penitenciario de Antofagasta o en subsidio al Centro Penitenciario de Tocopilla, para dar cumplimiento a la medida cautelar de prisión preventiva dictada en su contra, en la causa RIT N°771-2022, RUC N°2200224585-3 del Juzgado de Garantía de Iquique, otorgándose estrictas medidas de seguridad para proteger la vida e integridad física y psíquica del amparado, todo lo anterior, con expresa condena en costas. Informa Victor Provoste Torres, Director Nacional (s) de Gendarmería de Chile; expone que el pasado 15 de diciembre el Departamento de Control Penitenciario informa que no tiene inconveniente en acceder al traslado del amparado hacia el C.C.P de Antofagasta, de forma excepcional, cuya permanencia en la unidad penal de destino quedara sujeta a que el amparado mantenga buena conducta. Indica que el cambio de penal se realizara a la brevedad posible, una vez que se dé cumplimiento de los pro
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Carta Fundamental y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia sobre la materia, SE ACOGE la acción constitucional de amparo interpuesta, por lo que, en consecuencia, Gendarmería de Chile deberá realizar el traslado del amparado al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Antofagasta a la brevedad. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° Amparo 440-2022.
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Iquique, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: Comparece Miguel Zapata Villablanca, abogado, en favor de Rodolfo Patricio Carvallo Muñoz, por quien recurre de amparo en contra de Gendarmería de Chile. Manifiesta que el 9 de marzo de 2022, en audiencia ante el Juzgado de Garantía de Iquique, RIT N°771-2022, RUC N°2200224585-3, el amparado es formalizado por el delito de receptación d
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