SIN INFORMACION

PAREDES REYES ORLANDO / COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

21 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: Primero: Que, comparece Aldo Toso Delgado, abogado, en favor del sentenciado Orlando Dino Paredes Reyes, quien deduce la presente Acción Constitucional de Amparo en contra de la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional correspondiente al segundo semestre de 2022, que no concedió el beneficio de libertad condicional al amparado. Señala que el amparado se encuentra actualmente cumpliendo las siguientes condenas: una pena de 3 años y un día por el delito de porte ilegal de arma de fuego; 541 días por el delito de porte ilegal de arma de fuego, y; a la pena de 20 años por el delito de robo con intimidación. Registra inicio de condena el 20 de septiembre de 2011, el tiempo mínimo para postular al beneficio de libertad condicional lo cumplió el 23 de marzo del presente año. Refiere que, el amarado presenta los últimos 42 bimestres conducta muy buena o intachable y, además, ha cumplido con los requisitos de educación, al haber asistido regularmente a la escuela, presentar buenas calificaciones y haber cursado enseñanza media dentro del recinto penitenciario. Hace mención del informe evacuado por la perito psicóloga Carolina Palomero Díaz, el que señala que el amparado no presenta alteraciones ni psicopatologías que afecten su desempeño intelectual, además de que no se evidencia indicadores que den cuenta de tendencias a comportamientos violentos. Si bien muestra cierta tendencia a la impulsividad, se muestra reflexivo, capaz de reconocer y enmendar errores y dispuesto a realizar los esfuerzos necesarios para lograr una adecuada adaptación. Añade que, el amparado fue postulado extraordinariamente al beneficio de Libertad Condicional por el Tribunal de Conducta del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina I, en el proceso correspondiente al segundo semestre del año 2022, conforme lo ordenado por la 7° Sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago en recurso de Amparo Rol N°802-2022. En este contexto, es rechazada la postulación extraordinaria a la libertad condicional, bajo el tener de poseer un alto compromiso delictual y un riesgo de reincidencia alto, que actualmente no desarrolla actividades de carácter labora y que en lo concerniente a su orientación procriminal, el usuario presenta tendencia a favor del delito, centrando su análisis solo en las consecuencias personales que le trajo la pena privativa de libertad Solicita, se deje sin efecto la resolución emanada por la Comisión de Libertad Condicional, disponiendo en su reemplazo la concesión de la Libertad Condicional al amparado. Segundo: Que, informando Alejandro Aguilar Brevis, Ministro, Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señala que por resolución de 17 de noviembre del año en curso se resolvió rechazar por unanimidad la concesión del beneficio pretendido. Puntualizó que la resolución de rechazo señaló “Que esta Comisión procede a evaluar los antecedentes del interno referido contenidos en la postulación remitida por Gend

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Orlando Dino Paredes Reyes en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-4531-2022. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por los Ministros señor Alejandro Rivera Muñoz, señora Jenny Book Reyes y el Abogado Integrante señor Eduardo Jequier Lehuedé. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Visto y considerando: Primero: Que, comparece Aldo Toso Delgado, abogado, en favor del sentenciado Orlando Dino Paredes Reyes, quien deduce la presente Acción Constitucional de Amparo en contra de la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional correspondiente al segundo semestre de 2022, que no concedió el

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