SIN INFORMACION

JACAMO/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL DE ANTOFAGASTA

Rol

Fecha

21 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia de Camila Leonicio Uribe, abogada, defensora penal pública penitenciaria, con domicilio en calle Baquedano N°239, oficina 416 de esta ciudad, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Alexis Rodrigo Jacamo Farías en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por haber rechazado de modo ilegal y arbitrario el beneficio de libertad condicional al amparado. Informó la recurrida, instando por el rechazo de la acción constitucional. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el amparado actualmente se encuentra cumpliendo condena impuesta en causa RUC 1901299891-3, correspondiente a dos penas de 541 días de presidio menor en su grado medio, por el delito de microtráfico y porte ilegal de munición. Dio inicio a la condena el 9 de febrero de 2020 y se proyecta su cumplimiento para el 25 de enero de 2023.

Fallo

Por tanto, el tiempo mínimo se verificó el 30 de enero del presente y cumple con todos los requisitos legales y reglamentarios del D.L. 321 para postular al beneficio. No obstante, la recurrida rechazó la postulación el 14 de octubre del presente, al considerar que “(…) Sin embargo, el Informe de Postulación Psicosocial adjunto a dichos antecedentes, que se ha ponderado con arreglo a la nueva redacción del Decreto Ley N°321, da cuenta de la existencia de factores de riesgo de reincidencia demostrativo por las situaciones que se precisan, que impiden otorgar el beneficio solicitado. En efecto, los profesionales a cargo de la evaluación identifican como elementos de riesgo los subcomponentes criminógenos altos y medios, a causa que se encuentra en un estado motivacional de pre-contemplación debiendo realizar juicios y procesos reflexivos que le permitan evaluar en profundidad sus conductas disruptivas, no se ha desarrollado mecanismos protectores que lo orienten hacia una modificación pro-social. En cuanto a la conciencia de la gravedad del delito, esta es inadecuada ya que vincula sus decisiones erróneas por encontrarse con licencia médica prolongada existiendo un desmedro económico, justifica y minimiza su participación atribuyéndole la responsabilidad a factores externos”. De acuerdo al informe de postulación, se puede advertir que la evaluación de riesgo se aplicó recién en julio del presente -seis meses antes de cumplir su condena- lo que no le permitió acceder a ningún

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia de Camila Leonicio Uribe, abogada, defensora penal pública penitenciaria, con domicilio en calle Baquedano N°239, oficina 416 de esta ciudad, quien dedujo recurso de amparo de conformidad al artículo 21 de la Constitución Política a favor de Alexis Rodrigo Jacamo Farías en contra de la Comisión de Libertad Condic

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