SAINT-HILAIRE / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 6 de diciembre de 2022, comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, en favor de Wouselande Saint-Hilaire, haitiano, domiciliado en calle Arturo Alessandri Nº6418, comuna de Lo Espejo, para interponer recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos con domicilio en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento de su solicitud de residencia definitiva. Indica que han transcurrido varios meses desde que efectuó el 11 de octubre de 2022 la ampliación de la solicitud de residencia definitiva, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndolo en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida pronunciarse sobre la solicitud referida, adoptando las medidas que sean necesarias para reestablecer el imperio del derecho. Segundo: Que evacua el informe respectivo la abogada del Servicio Nacional de Migraciones Paula Díaz Miranda, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostiene que la petición de permanencia definitiva del recurrente fue presentada el 16 de noviembre de 2020 y, que el 14 de diciembre de 2021, se dictó Resolución Exenta N°21493014, que comunicó que la petición del recurrente se encuen
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Wouselande Saint-Hilaire en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y se ordena al recurrido que dentro del plazo de treinta días emita un pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol 27.028 – 2022 Protección
Texto Completo (Preview)
San Miguel, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 6 de diciembre de 2022, comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, en favor de Wouselande Saint-Hilaire, haitiano, domiciliado en calle Arturo Alessandri Nº6418, comuna de Lo Espejo, para interponer recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legal
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