TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CHILLAN

MINISTERIO PUBLICO FISCALIA LOCAL C/ JOSE MANUEL RAMOS VALENZUELA

Rol

Fecha

21 de diciembre de 2022

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD ART. 196 E LEY 18.290

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Que, de las argumentaciones vertidas por los intervinientes en audiencia se puede apreciar, que concurren respecto del condenado los requisitos de las letras a y c del artículo 11 de la Ley 18.216. Que, en cuanto a la concurrencia del requisito contenido el en literal b) de la norma citada, debe tenerse presente la conducta anterior del condenado, según consta en su extracto de filiación y antecedentes, que registra numerosas anotaciones por diversos delitos de distinta naturaleza, así como la circunstancia de haber cometido este ilícito mientras cumplía la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. Lo anterior impide presumir que la pena de prestación de servicios en beneficio de la comunidad le disuadirá de cometer nuevos ilícitos, aún a pesar de los antecedentes laborales y educacionales aportados por su defensa. Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la sentencia de treinta de noviembre pasado, dictada por el Tribunal de Juicio Oral de Chillan. Téngase por notificados a los intervinientes presentes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-518-2022.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, en lo apelado, la sentencia de treinta de noviembre pasado, dictada por el Tribunal de Juicio Oral de Chillan. Téngase por notificados a los intervinientes presentes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente. N°Penal-518-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillan Chillan, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Visto: Que, de las argumentaciones vertidas por los intervinientes en audiencia se puede apreciar, que concurren respecto del condenado los requisitos de las letras a y c del artículo 11 de la Ley 18.216. Que, en cuanto a la concurrencia del requisito contenido el en literal b) de la norma citada, debe tenerse presente la condu

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