SOLANGE VASQUEZ PALAVECINO/JUZGADO DE GARANTIA DE LAUTARO
Rol
Fecha
21 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1°.- A folio 1 comparece el abogado don Rodrigo Hermosilla González, quien interpone recurso de amparo en contra de la resolución de fecha 16 de diciembre de 2022, dictada en causa RIT 2423-2021 por la Jueza de Garantía de Lautaro, Sra. Flor Quezada Pereira, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del amparado. 2°.- Conforme con lo que dispone el artículo 21 inciso tercero de la Constitución Política del Estado se puede recurrir de amparo a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual, debiendo la respectiva Magistratura dictar las medidas indicadas en los incisos anteriores de la referida disposición que estime conducentes para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. 3°.- De la revisión del recurso, es posible advertir que la resolución impugnada fue dictada por la Jueza doña Flor Quezada Pereira del Juzgado de Garantía de Lautaro, en el marco de sus atribuciones y dentro de la esfera de su competencia, por lo que mal se puede sostener que haya incurrido en un accionar ilegal o arbitrario, toda vez que simplemente estaba ejerciendo la actividad jurisdiccional que le es propia y con estricto apego a la ley. 4°.- De otro lado, la alegación del recurrente incide en materias para las cuales el legislador contempla recursos ordinarios, mismos que no se demuestran hayan sido ejercidos por el recurrente. Por lo anterior, admitir a tramitación esta acción de amparo equivaldría a desnaturalizar el recurso de amparo, transformándolo en un verdadero recurso revisión de resoluciones para los cuales el legislador contempla recursos específicos. 5°.- En este escenario, no se dan en la especie los supuestos que hacen procedente la acción constitucional toda vez que la actuación realizada por la magistrada recurrida, lo ha hecho, como ya se dijo, en el ámbito de su competencia y con estricto apego a la C
Fallo
se declara INADMISIBLE, la acción constitucional de amparo interpuesto por el abogado don Rodrigo Hermosilla González, en favor de doña Solange Vásquez Palavecino. Regístrese. Rol N° Amparo-320-2022 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Al escrito folio 1: A lo principal: Estese a lo que se resolverá. Al otrosí: Téngase presente. En cuanto a la forma de notificación, téngase presente respecto de todas las notificaciones que no deban realizarse por el estado diario. Vistos: 1°.- A folio 1 comparece el abogado don Rodrigo Hermosilla González, quien interpone recur
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