CASTRO / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
21 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra en representación de Elva Marina Castro Caicedo, de nacionalidad colombiana, cédula de identidad para extranjeros N°25.977.577-9, ambos domiciliados para estos efectos en Rivas #1050, comuna de San Miguel, para deducir recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en San Antonio N°580, comuna de Santiago, pues sostiene que se incurrió en una afectación ilegal y arbitraria de su derecho fundamental consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, al omitir pronunciarse sobre la visa de permanencia definitiva solicitada. Explica que su representada solicitó el permiso referido el 30 de enero de 2021 y que a la fecha ha recibido respuesta, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre, vulnerándose el derecho a la igualdad ante la ley en virtud de lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en especial el principio de celeridad que debe regir el actuar de la autoridad pública. Pide que se ordene al organismo pronunciarse sobre la solicitud, con expresa condena en costas. Segundo: Que informan al tenor del recurso Nicolás Cornejo Montenegro y Luis Ignacio Salvo, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, solicitando su rechazo y alegando la improcedencia de la condena en costas. Indican que el 10 de diciembre de 202 se dictó la Resolución Exenta N° 21429211, del Servicio Nacional de Migraciones, que aprueba el avance de la solicitud de permanencia definitiva, la que se encuentra en etapa de evaluación intermedia. Afirman que estando en tramitación la solicitud, la recurrente mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, su cédula de identidad se encuentra vigente, pudiendo ha
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San Miguel, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Pablo Daniel Peñaloza Parra en representación de Elva Marina Castro Caicedo, de nacionalidad colombiana, cédula de identidad para extranjeros N°25.977.577-9, ambos domiciliados para estos efectos en Rivas #1050, comuna de San Miguel, para deducir recurso de protección en contra d
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