SIN INFORMACION

JEAN FRANCOIS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente. Primero: Que comparece la abogada Tania Ivonne Carvajal Rodríguez, para interponer acción constitucional de protección en favor de Guylianot Jean Francois, de nacionalidad haitiana, domiciliado en calle Augusto Alguero N°540, comuna de Maipo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, domiciliado en calle San Antonio N°580, 6° piso, comuna de Santiago, por no haber emitido pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva del recurrente lo que perturba el ejercicio de su garantía constitucional contemplada en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República. Indica que el actor realizó la antedicha petición el 24 de abril de 2021, sin embargo, a la fecha aún no tiene respuesta del Servicio. Añade que se encuentra dentro de plazo para recurrir de protección, ya que la omisión de pronunciamiento, objeto del recurso, reviste el carácter de permanente. Asimismo, sostiene que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N° 19.880, en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley. Pide que se ordene al recurrido pronunciarse sobre la solicitud de permanencia definitiva, adoptando las medidas que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, en lo pertinente a la solicitud de permanencia definitiva del recurrente, informa a través de su abogado que dicha petición fue realizada por el actor el 24 de abril de 2021 y que el 8 de enero de 2022 se dictó Resolución Exenta N° 22045703, en la que se aprobó el avance del trámite a la etapa de “evaluación intermedia”. Indica que al haberse solicitado la permanencia definitiva previo a la entrada en vigor de la nueva ley, hace referencia a los artículos

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de don Guylianot Jean Francois, y se ordena al Servicio Nacional de Migraciones emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos contado desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-25985-2022.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente. Primero: Que comparece la abogada Tania Ivonne Carvajal Rodríguez, para interponer acción constitucional de protección en favor de Guylianot Jean Francois, de nacionalidad haitiana, domiciliado en calle Augusto Alguero N°540, comuna de Maipo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don L

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