SIN INFORMACION

BACIVIL / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

21 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente. Primero: Que comparece el abogado Tomás Matheson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en nombre de Rose-Nadette Bacivil, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados en calle Club Hípico N°4676, piso 7B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director señor Luis Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, por haber incurrido en una omisión ilegal y arbitraria que perturba el ejercicio del derecho de la recurrente, consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, al no pronunciarse respecto de la solicitud de obtener la permanencia definitiva. Indica que la actora realizó la solicitud de permanencia definitiva en trámite el 25 de junio de 2021, sin embargo, no ha tenido respuesta de su petición, lo que la mantiene en total incertidumbre y, en la actualidad, no ha podido renovar cédula de identidad lo que complejiza la realización de cualquier trámite y, en caso de haber sido rechazada, no se tendría conocimiento de aquello. Refiere que el recurrido, como órgano perteneciente a la administración pública, se encuentra obligado a cumplir con los principios garantizados en el ordenamiento jurídico, especialmente, aquellos consagrados en la Ley 19.880. Pide a esta Corte que se ordene al Servicio Nacional de Migraciones, el otorgamiento del acto terminal a la brevedad. Segundo: Que el Servicio Nacional de Migraciones, en lo pertinente a la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente, informa a través de su abogada que dicha petición fue realizada por la actora el 25 de junio de 2021 y que el 5 de diciembre de 2021 se dictó Resolución Exenta N° 21257016, en la que se aprobó el avance del trámite a la etapa de “evaluación intermedia”. Indica que al haberse solicitado la permanencia definitiva previo a la entrada en vigor de la nueva ley, hace referencia a los artículos que regulaban la materia

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política ́ de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se rechaza el recurso de protección deducido en favor de Rose-Nadette Bacivil. Sin perjuicio de lo anterior, comuníquese a la recurrente la resolución que le otorgó el beneficio impetrado. Regístrese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-22838-2022.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiuno de diciembre de dos mil veintidós. Al escrito folio N°10: téngase presente. Vistos y teniendo presente. Primero: Que comparece el abogado Tomás Matheson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en nombre de Rose-Nadette Bacivil, de nacionalidad haitiana, ambos domiciliados en calle Club Hípico N°4676, piso 7B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del

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