COMERCIAL QING TIAN REN LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VALLENAR
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA C/COSTAS
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1, con fecha 17 de octubre del presente año, comparece COMERCIAL QING TIAN REN LTDA, RUT 76.233.183-7, persona jurídica, representada legalmente por don JIANGUO LIN, ambos domiciliados en Alonso de Ercilla N° 665, Vallenar, deduciendo recurso de protección en contra de la Ilustre Municipalidad de Vallenar, alegando en que la recurrida, sin fundamento formal alguno, ha rechazado la solicitud de cambio de domicilio de la patente con giro comercial de juegos electrónicos (máquinas tragamonedas), y que dicha conducta del recurrido resulta arbitraria en razón de privar, perturbar o amenazar el legítimo ejercicio de la garantía constitucional reconocida en el ordinal segundo del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala quien acciona de protección, que con fecha 2 de agosto de 2022, mediante carta dirigida al alcalde de la comuna de Vallenar, suscrita por don JIANGUO LIN, en su calidad de representante legal, solicitó cambio de domicilio respecto de la patente Rol 202374, la que actualmente figura en calle San Ambrosio N° 526, para que esta sea trasladada a calle Alonso de Ercilla N° 665, de la ciudad de Vallenar, acompañándose a la solicitud el contrato de arrendamiento y representación de la sociedad. Añade que con fecha 1 de septiembre de 2022, mediante Ordinario N°1555 emitido por la Municipalidad, otorga respuesta a la solicitud planteada, la cual se notificó el día 20 de septiembre de 2020, la que señala: “… Qué analizada su solicitud jurídicamente, informó a usted, que se estima que para salvaguardar el cumplimiento de la normativa legal aplicable, es que resulta inasequible la autorización del cambio de domicilio que se está solicitando en concordancia con informe emitido por la dirección de asesoría jurídica…”. Se dice enseguida que así el informe de la Dirección de Asesoría Jurídica al que se hace mención es el N°136 de fecha 25 de agosto de 2022, el que señala: “… respecto a la consulta realizada, sobre si es viable el cambio de domicilio de la patente mencionada, habitualmente no habría obstáculo en el acceder al cambio de domicilio por parte del Departamento de rentas, si la Sociedad comercial Qing Tian Ren Limitada, cumpliera con los requisitos establecidos en la citada Ley Nº 19.995, esto es, constituya un establecimiento autorizado para tal actividad pero, según todo lo expuesto, y evidenciada su actividad a través del memorándum (esto es, el ejercicio de una actividad ilícita de juegos de azar, denominada máquinas tragamonedas), esta Dirección Jurídica estima que, para salvaguardar el cumplimiento de la normativa legal aplicable, resulta inasequible la autorización del cambio de domicilio. Es menester señalar que, a lo expuesto en este informe, se aplican los dictámenes emitidos por la Contraloría General de la República, el dictamen N. º 092308Nl6 de fecha 23 de diciembre de 2016, el dictamen N. º 056322Nl6 de fecha 01 de agosto del 20216, el dictamen N. º 020434N19 de fecha
Fallo
Por estas consideraciones, normas citadas y visto, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, SE RECHAZA, con costas, la acción constitucional deducida por COMERCIAL QING TIAN REN LTDA, en contra de la Ilustre Municipalidad de Vallenar. Redacción del abogado integrante James Richards Garay. Regístrese y archívese en su oportunidad. N°Protección-1164-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Copiapó Copiapó, veinte de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Primero: Que a folio 1, con fecha 17 de octubre del presente año, comparece COMERCIAL QING TIAN REN LTDA, RUT 76.233.183-7, persona jurídica, representada legalmente por don JIANGUO LIN, ambos domiciliados en Alonso de Ercilla N° 665, Vallenar, deduciendo recurso de protección en contra de la Ilustre Municip
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