BOEHLER/MINISTERIOR DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PUBLICA, DEPARTAMENTO DE EXTRANJERIA Y MIGRACIÓN
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Ezequiel Melitón Boeheler, de nacionalidad argentina, quien interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido éste en una omisión ilegal y/ arbitraria al no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva del actor de 7 de diciembre de 2020, lo que vulnera su garantía fundamental de la igualdad ante la ley. Solicita que se acoja su acción y se ordene al recurrido que se pronuncie sobre la misma, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho. Fundando su acción indica que la recurrente tiene la calidad de residente temporario, agregando que el 7 de diciembre de 2020, y previo al vencimiento de su visa, solicitó el beneficio de permanencia definitiva, a la que le fue asignada el N° 15602398. Pese al tiempo transcurrido, afirma que aquél no ha tenido respuesta de su petición. Alega que ello constituye un acto ilegal, pues infringe los artículos 4, 7, 9 y 27 de Ley N° 19.880, especialmente los principios de celeridad, impulso de oficio y economía procesal, que exigen a las autoridades y funcionarios de los órganos de la Administración del Estado actúen por propia iniciativa en la iniciación del procedimiento de que se trate y en su prosecución, haciendo expeditos los trámites que debe cumplir el expediente y removiendo todo obstáculo que pudiere afectar a su pronta y debida decisión. Afirma que ello conculca la garantía fundamental de igualdad ante la ley del recurrente, ya que hasta la presente fecha han transcurrido más de seis meses sin que la autoridad administrativa se haya pronunciado sobre su solicitud. Segundo: Que comparece don Francisco Javier Alarcón Calderón, abogado del Departamento de Extranjería y Migración, quien informando al tenor del recurso, solicita el rechazo del mismo. Parte indicando que el 07 de diciembre de 2019 el extranjero en mención solicitó su permiso de permanencia definitiva,
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema, sobre la materia, SE ACOGE el recurso de protección deducido a favor de don Ezequiel Melitón Boehler, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, y se ordena que dicha autoridad de respuesta al recurrente en el plazo de treinta días contados desde que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-87002-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veinte de diciembre de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece Ezequiel Melitón Boeheler, de nacionalidad argentina, quien interpone acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por haber incurrido éste en una omisión ilegal y/ arbitraria al no emitir pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva del act
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