/COMERCIAL LF S.A.
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
INCLUMPLIMIENTO DE ACUERDO DE REORGANIZACIÓN CONCURSAL
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo, además, presente: Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 20.720, el recurso de apelación procede sólo contra las resoluciones que dicha ley expresamente señala, lo que en la especie no ocurre, al no existir norma que conceda el recurso en la situación planteada. Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la acreedora Ariztía Comercial Ltda., el veintisiete de mayo del dos mil veintidós (folio N°132), contra la resolución veintiséis de mayo del mismo año (folio N°121). Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-16615-2022.mst
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la acreedora Ariztía Comercial Ltda., el veintisiete de mayo del dos mil veintidós (folio N°132), contra la resolución veintiséis de mayo del mismo año (folio N°121). Devuélvase, vía interconexión. N°Civil-16615-2022.mst
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. Por ingresada al despacho con esta fecha. Al folio N°5: estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo, además, presente: Que, en conformidad con lo dispuesto en el artículo 4° de la Ley N° 20.720, el recurso de apelación procede sólo contra las resoluciones que dicha ley expresamente señala, lo que en la
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