ANONIMIZADO
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA CON DECLARACIÓN
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la sentencia apelada dictada el tres de julio del año dos mil veintiuno, por el Juzgado de Familia de Pudahuel, con declaración que se reduce el monto de la pensión de alimentos que debe pagar el alimentante en favor de la alimentaria a su equivalente a cinco Unidades Tributarias Mensuales, que corresponde al 76% de un ingreso mínimo remuneracional mensual actual. Regístrese y devuélvase vía interconexión. N° 3418-2021 Familia
Texto Completo (Preview)
Santiago, veinte de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la ley 19.968, se confirma la sentencia apelada dictada el tres de julio del año dos mil veintiuno, por el Juzgado de Familia de Pudahuel, con declaración que se reduce el monto de la pensión de alimentos que debe pagar el alimentante en favor de
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