LAUTARO ALONSO FERRADA PARRAGUEZ C/ PABLO ANDRÉS GUAJARDO MENA
Rol
Fecha
20 de diciembre de 2022
Materia
CALUMNIA (ACCION PRIVADA). ART. 412 AL 415.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, estimando estos sentenciadores que el plazo invocado por el juzgador para decretar el abandono de la querella no se ha cumplido, atendido que con fecha 17 de agosto de 2022 se notificó la querella presentada, cumpliendo la querellante con una de las cargas impuestas por el Tribunal en su resolución que dio curso a la querella, el 28 de julio de 2022, a lo que cabe agregar que no resulta justado a derecho considerar las fechas propuestas por el tribunal, esto es, desde el 27 de julio al 28 de agosto como constitutiva de la sanción que impuso, toda vez que la resolución que ordenó el despacho de los oficios es de fecha 28 de julio y, entre esa data y el 29 de agosto han existido diligencias tendientes a dar curso al proceso; y de conformidad con lo prevenido en los artículos 120, 250 y 253 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de treinta de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, que decretó el abandono de la acción penal privada y consecuencialmente sobresee definitivamente la causa y, en su lugar se declara que el Tribunal deberá dar curso progresivo a los autos. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-2788-2022.
Fallo
se declara que el Tribunal deberá dar curso progresivo a los autos. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-2788-2022.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a veinte de diciembre de dos mil veintidós, se da inicio a esta audiencia a las 11:34 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, modalidad Videoconferencia, siendo presidida por el Ministro don Jaime Patricio Alejandro Arancibia Pinto e integrada por el Ministro don Alejandro Germán García Silva y el Abogado Int
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