TRANSPORTES MARIO TRUJILLO INOSTROZA EIRL/RENTA NACIONAL COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES S.A.
Rol
Fecha
23 de diciembre de 2022
Materia
CONTRATO, CUMPLIMIENTO DE
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO
Hechos
Vistos: Que, conforme lo dispone el artículo 698 numeral 7° del Código de Procedimiento Civil, deducida la apelación contra resoluciones que no se refieran a la competencia o la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el juez tendrá por interpuesto el recurso para después de la sentencia que ponga término al juicio, por lo que no existiendo asunto que deba conocer esta Corte, se omite pronunciamiento por falta de oportunidad, sobre el recurso de apelación interpuesto por el demandado el veintitrés de junio del año en curso, en contra de la resolución de veintiocho de Febrero de dos mil veintidós. Regístrese y devuélvase. N°Civil-17718-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago. Santiago, veintitrés de diciembre de dos mil veintidós.- pam. Vistos: Que, conforme lo dispone el artículo 698 numeral 7° del Código de Procedimiento Civil, deducida la apelación contra resoluciones que no se refieran a la competencia o la inhabilidad del Tribunal, ni recaigan en incidentes sobre algún vicio que anule el proceso, el juez tendrá por interpuesto el recurso para des
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