JOSE MATIAS SOLIS TAPIA / GENDARMERIA DE CHILE- VALDIVIA
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.° Que a folio 1 José Matías Solís Tapia, domiciliado en Circunvalación Sur block 3045 Departamento n.° 31, Valdivia, deduce recurso de protección contra Gendarmería de Chile fundado en que con fecha 6 de febrero de 2020 ingresó al Centro de Apoyo para la Integración Social a fin de iniciar proceso de eliminación de antecedentes penales, ocurriendo que al presentarse a firmar el día 10 de noviembre de 2022 le indicaron que registraba una nueva condena de multa por 1 UTM por la falta del artículo 50 de la ley de drogas, la cual pagó, pero no obstante ello le indicaron que debería comenzar nuevamente el proceso. Hace presente que tal falta la cometió al interior del recinto penal cuando cumplía pena de 4 años y 1 día por robo de vehículo motorizado y que la sentencia es de 26 de febrero de 2019. Pide se le autorice a terminar el proceso de eliminación de antecedentes que estaba llevando a cabo. 2° Que a folio 5 informó Gendarmería de Chile ratificando lo expuesto por el recurrente e indicando que como consecuencia de la sentencia condenatoria de 26 de febrero de 2019 éste no cumple con el requisito del artículo 2 letra c) del DL 409/1932, esto es, “No haber sufrido ninguna condena durante el tiempo de prueba y hasta la fecha de dictarse el decreto respectivo”. De esta forma indica que no hay acto ilegal o arbitrario por parte del Centro de Apoyo para la Integración Social dependiente de Gendarmería de Chile y pide el rechazo del recurso de autos. 3° Que de la revisión del extracto de filiación consta que la sentencia condenatoria por la falta del artículo 50 de la ley 20.000 es de fecha 26 de febrero de 2019, esto es, de fecha anterior a que el recurrente diera inicio al proceso de eliminación de antecedentes, a saber, el 6 de febrero de 2020. 4.° Que, de esta forma, no se configura la hipótesis del artículo 2 letra c) del DL 409/1932 antes referido, desde que durante el tiempo de prueba el recurrente no ha sido sancionado penalmente
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el DL 409/1932, EN los artículos 19 n.° 3 inciso 5 y 20 de la Constitución Política de la República y disposiciones del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación del recurso de protección, se ACOGE el recurso de protección de folio 1 debiendo Gendarmería de Chile permitir al recurrente continuar con el proceso iniciado ante el Centro de Apoyo para la Integración Social el 6 de febrero de 2020, sin costas. Regístrese y comuníquese. Redacción del Abogado Integrante Sr. Luis Galdames Bühler. N°Protección-7607-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1.° Que a folio 1 José Matías Solís Tapia, domiciliado en Circunvalación Sur block 3045 Departamento n.° 31, Valdivia, deduce recurso de protección contra Gendarmería de Chile fundado en que con fecha 6 de febrero de 2020 ingresó al Centro de Apoyo para la Integración Social a fin de iniciar proce
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