JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE COMBARBALA

GARCÍA PUELLES, NANCY AMERICA/GARCÍA COLLADO, NANCY DEL CARMEN

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2022

Materia

CONTRATO, NULIDAD DE

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, estimándose por estos sentenciadores que el punto de prueba número dos de la interlocutoria impugnada permite incorporar la precisión solicitada por el demandante en cuanto dicha petición se relaciona directamente con lo pretendido en la demanda y visto lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA, en lo apelado, la resolución de fecha trece de junio de dos mil veintidós, modificándose el punto dos de la resolución que recibió la causa a prueba, quedando dicho punto al siguiente tenor: “2.- Efectividad que la subdivisión se practicó respecto del predio rústico denominado "El Peralito", Rol 00536-00095, por don Alejandro Alberto García Vergara y que da cuenta el plano de subdivisión archivado en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Combarbalá del Archivo de Planos y documentos bajo el N° 4 con fecha 15 de marzo de 2013, carece de los requisitos legales necesarios para su existencia y validez en relación con la superficie del polígono resultante de la subdivisión. Hechos y circunstancias que así lo acreditarían.” Acordada con el voto en contra del abogado integrante Sr. Roco, quien fue del parecer de rechazar la reposición en atención a que la redacción del hecho a probar fijado por el tribunal comprende la modificación solicitada la parte demandante. Devuélvase vía interconexión. Rol Nº 1280-2022.- Civil.

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La Serena, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, estimándose por estos sentenciadores que el punto de prueba número dos de la interlocutoria impugnada permite incorporar la precisión solicitada por el demandante en cuanto dicha petición se relaciona directamente con lo pretendido en la demanda y visto lo dispuesto en los artículos 186, 223 y

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