VÉLIZ/ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A.
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: 1° Que, comparece el abogado Orlando Javier Loncón Cárcamo, en favor de Francisco Javier Véliz Villagrán, contra la ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A., por la acción ilegal y arbitraria de rechazar la incorporación y afiliación por los
Fundamentos
motivos que indica, lo cual afecta las garantías constitucionales previstas en el artículo 19 N° 2 y 9 inciso final de la Constitución Política de la República. Expone que entre el año 2016 y 2018, el Sr. Véliz fue diagnosticado con otoesclerosis bilateral, lo que implicó su necesaria intervención quirúrgica con resultados positivos en cuanto su recuperación, deteniéndose los efectos adversos de la enfermedad. En la instancia de control anual correspondiente el año 2019, el médico tratante Dr. Richard Alejandro Chávez Viveros, de especialidad Otorrinolaringólogo, certifica que, el Sr. Francisco Véliz, presenta Hipoacusia Sensorio Neural Leve Bilateral en contexto de otoesclerosis operada. Agrega el facultativo que, “actualmente audición estable con enfermedad detenida en su progresión y sin necesidad de uso de audífono”. Añade que su representado siempre ha sido cotizante del sistema de Isapre, en el presente adherido a “Banmédica S.A.” y antes en “Nueva Mas Vida”, sin que nunca se haya condicionado o cuestionado su situación médica previamente indicada. En búsqueda de una mejor alternativa de sistema de salud en términos de costos y calidad de prestaciones, realiza los trámites pertinentes, entre otros, declaración de salud en Isapre Colmena S.A. el 18 de agosto de 2022. Con fecha 23 de agosto de 2022, la Isapre Colmena S.A. le comunica mediante correo electrónico el resultado de la solicitud de ingreso de acuerdo a la Declaración de Salud, concluyendo el rechazo bajo fundamento de “riesgo individual de Salud que este contrato representa o puede representar en el futuro”. El letrado reprocha el actuar de la Isapre, por pretender que el recurrente como cualquier otro de sus beneficiarios, no adolezca de enfermedad alguna al momento de solicitar la incorporación y afiliación, imponiendo barreras de acceso, condiciones, tributos y requisitos que impiden el libre ejercicio del derecho que la Constitución asegura a todas las personas, sin distinción alguna. Es ambiguo y poco claro el fundamento de rechazo con ribetes discriminatorios e imprecisos, constituyendo en sí, un acto ilegal y arbitrario que impide la elección libre del sistema de salud al que desea acogerse, provocando angustia, inseguridad y pesar por las faltas de garantías de acceso al sistema que más se ajusta a sus necesidades y requerimientos, limitando su libre elección. Estima que el actuar de la recurrida es ilegal y arbitrario y constituye una vulneración a las garantías constitucionales de su representado, especialmente las del Articulo 19 N° 9, inciso 5°, 2, 1 de la Constitución Política de la República, esto es, el “Derecho a elegir el sistema de salud, sea estatal o privado”, el “Derecho a la igualdad ante la Ley” y el “Derecho a la integridad física y psíquica de la persona”. Finalmente, pide que esta Corte acoja la presente acción, declarando que el actuar descrito resulta ilegal y arbitrario y, en consecuencia, se ordene a la recurrida la incorporación del Sr. Véliz a l
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el interpuesto por el abogado Orlando Javier Loncón Cárcamo, en favor de Francisco Javier Véliz Villagrán, en contra de la ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección. Redacción a cargo de la Ministra señora Paulina Gallardo García. No firma el Ministro señor Claudio Arias Córdova, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con permiso. Rol N° 5172-2022.- PROTECCIÓN.
Texto Completo (Preview)
Chillán, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: 1° Que, comparece el abogado Orlando Javier Loncón Cárcamo, en favor de Francisco Javier Véliz Villagrán, contra la ISAPRE COLMENA GOLDEN CROSS S.A., por la acción ilegal y arbitraria de rechazar la incorporación y afiliación por los motivos que indica, lo cual afecta las garantías constitucionales previstas en el artículo 19 N° 2 y 9
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