ANONIMIZADO
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968 de Tribunales de Familia, se confirma la sentencia apelada de diecinueve de agosto de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Familia de Pudahuel, en causa C-3921-2019. Regístrese y comuníquese. N°Familia-4379-2022. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la Ministra señora Carolina S. Brengi Zunino, e integrada, además, por el Ministro (S) señor Sergio Enrique Padilla Farías y el Abogado Integrante señor Joel Arturo González Castillo. En Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968 de Tribunales de Familia, se confirma la sentencia apelada de diecinueve de agosto de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Familia de Pudahuel, en causa C-3921-2019. Regístrese y comuníquese. N°Familia-4379-2022. Pronun
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