MINISTERIO PUBLICO C/ LUIS EDUARDO MURILLO ROSAS
Rol
Fecha
22 de diciembre de 2022
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En causa rol de ingreso penal de esta Ilustrísima Corte Nº 1375-2022, RUC 2100790883-8, RIT 112-2022 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, con fecha dos de diciembre de dos mil veintidós se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de nulidad interpuesto por don Carlos Matamala Troncoso, abogado defensor penal privado, por su representado LUIS MURILLO ROSAS, en contra de la sentencia dictada por sala de Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia con fecha veintinueve de octubre de dos mil veintidós. El recurso se sostiene en única causal, aquella del artículo 373 letra b) Código Procesal Penal, acusando que en el pronunciamiento de la sentencia se ha efectuado una errónea aplicación del derecho con influencia sustancial en lo dispositivo del fallo, al no acoger la circunstancia atenuante del artículo 11 número 9 del Código Penal, con el consecuente impacto en la determinación de la pena, en cuanto una menor a la finalmente establecida con la posibilidad de pena sustitutiva de remisión condicional conforme a la norma del artículo 449 Nº 1º del Código Penal y artículo 4 de la Ley 18.216. En mérito de sus argumentos pretende la invalidación del fallo requiriendo sentencia de reemplazo ajustando la calificación jurídica de los hechos para así acoger la atenuante invocada, y se condene al imputado a la pena de presidio menor en su grado máximo y concediéndose pena sustitutiva de libertad vigilada. OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante la sentencia recurrida se condenó a LUIS MURILLO ROSAS, por su participación en calidad de autor en el delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes o sustancias psicotrópicas", tipificado en el artículo 3º de la Ley 20.000, en relación al artículo 1º del mismo cuerpo legal, cometido el 1 de septiembre de 2021 en la comuna de Puerto Montt, imponiéndosele la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado medio, multa de cuarenta unidades tributarias mensuales, concediéndose para su pago 12 parcialidades iguales y sucesivas, pagaderas dentro de los 5 primeros días siguientes desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Dicha pena deberá cumplirse de forma efectiva, en atención a la improcedencia de pena sustitutiva a favor del condenado, así como tampoco abonos a considerar. Segundo: Que, los hechos acreditados fueron los siguientes: “ El día 01 de Septiembre del año 2021, siendo aproximadamente las 07:30 horas, un tercero, en los momentos que se desplazaba como pasajero en el bus de la empresa “Pullman Bus”, placa patente JPZP.61, a la altura del kilómetro 869 de la Ruta 5 Sur, de la comuna de La Unión y en el marco de un control de identidad efectuado por funcionarios de Carabineros, Sección OS-7 de Valdivia, fue sorprendido en posesión, guarda y transporte al interior de una maleta color negro, de 08 paquetes envueltos en papel plástico transparente, cada uno contenedores de una sustancia vegetal color verde correspondiente a cannabis sativa (marihuana) elaborada, con un peso bruto total de 8 kilos 255 gramos; sin contar con la autorización competente y sin que dicha droga estuviera destinada a un tratamiento médico o para el consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo. Posteriormente, siendo las 12:20 horas del día 01 de Septiembre del año 2021, funcionarios de Carabineros, Sección OS-7 de Valdivia, en virtud de la detención del tercero, en el marco de una diligencia de entrega vigilada autorizada por el Fiscal, sorprendieron al acusado Luis Eduardo Murillo Rosas, en posesión y tenencia de la maleta de color negro contenedora del sustituto de la droga ya incautada, que le fue entregada por el tercero al acusado, previa coordinación y conocimiento del contenido de la misma, en calle 27 de Abril esquina calle Salvador Allende de la ciudad de Puerto Montt, sin contar el acusado con la autorización competente y sin que dicha droga estuviera destinada a un tratamiento médico o para el consumo personal exclusivo y próximo en el tiempo”. Tercero: Que, la defensa cuestiona el razonamiento del tribunal, plasmado en el considerando vigésimo, en cuanto rechaza la circunstancia atenuante del artículo 11 numerando 9º del Código Penal fundado en la inexistencia de la colaboración sustancial al esclare
Fallo
fallo requiriendo sentencia de reemplazo ajustando la calificación jurídica de los hechos para así acoger la atenuante invocada, y se condene al imputado a la pena de presidio menor en su grado máximo y concediéndose pena sustitutiva de libertad vigilada. OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante la sentencia recurrida se condenó a LUIS MURILLO ROSAS, por su participación en calidad de autor en el delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes o sustancias psicotrópicas", tipificado en el artículo 3º de la Ley 20.000, en relación al artículo 1º del mismo cuerpo legal, cometido el 1 de septiembre de 2021 en la comuna de Puerto Montt, imponiéndosele la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado medio, multa de cuarenta unidades tributarias mensuales, concediéndose para su pago 12 parcialidades iguales y sucesivas, pagaderas dentro de los 5 primeros días siguientes desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada y a las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Dicha pena deberá cumplirse de forma efectiva, en atención a la improcedencia de pena sustitutiva a favor del condenado, así como tampoco abonos a considerar. Segundo: Que, los hechos acreditados fueron los siguientes: “ El día 01 de Septiembre del año 2021, siendo aproximadamente las 07:30 horas, un tercero, en los momentos que se de
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C.A. de Valdivia Valdivia, veintidós de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: En causa rol de ingreso penal de esta Ilustrísima Corte Nº 1375-2022, RUC 2100790883-8, RIT 112-2022 del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valdivia, con fecha dos de diciembre de dos mil veintidós se llevó a efecto la audiencia para conocer el recurso de nulidad interpuesto por don Carlos Matamala Troncoso, abogad
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