SIN INFORMACION

CONTRERAS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

20 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: En folio 1 se deduce recurso de protección en favor de don Leopoldo Tomas Sequeda Castillo, de nacionalidad venezolana, de doña Digabrielis Del Valle Vásquez Delgado, de nacionalidad venezolana, de doña Marta Aparecida Da Silva Troncoso, de nacionalidad brasilera, de doña Mairym Nathalie Salcedo Aponte, de nacionalidad venezolana, de doña Daniela Carolina Herrera Silva, de nacionalidad ecuatoriana y de doña Joenny Andreina Álvarez Pérez, de nacionalidad venezolana y de don Argenis de Jesús Contreras Mora, de nacionalidad venezolana, todos contra el Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión en el pronunciamiento de sus solicitudes de permanencia definitiva, formuladas con fecha 22 de marzo de 2022, 10 de septiembre de 2021, 07 de abril de 2021, 20 de octubre de 2021, 13 de febrero de 2022, 07 de abril de 2022 y 25 de abril de 2022, respectivamente, lo que conculca la garantía consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Dicha omisión ha trasgredido los artículos 7 y 27 de la Ley N°19.880 y con ello la garantía constitucional de igualdad ante la ley de la actora, por lo que se pide instruir a la recurrida para que se pronuncie sobre ambas peticiones. Se informa por el Servicio Nacional de Migraciones, que respecto a la solicitud de don Leopoldo Tomas Sequeda Castillo, su solicitud se encuentra en etapa de análisis I. En cuanto a la situación doña Ysley Yamira Chacón Rosales, mediante Resolución Exenta N° 22108833, de 06 de enero de 2022 se aprobó el avance a la etapa de estudio preliminar. La petición de doña Digabrielis Del Valle Vásquez Delgado, mediante Resolución Exenta N° 22108833, de 06 de enero de 2022 del Servicio Nacional de Migraciones, se aprobó a la etapa de estudio preliminar. El requerimiento de doña Marta Aparecida Da Silva Troncoso, mediante Resolución Exenta N° 21467009, de 12 de diciembre de 2021 del Servicio Nacional de Migraciones, se haya en etapa de Evaluación Intermedia. En cuanto a doña

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas el recurso de protección deducido a favor de don Leopoldo Tomas Sequeda Castillo, de doña Digabrielis Del Valle Vásquez Delgado, de doña Marta Aparecida Da Silva Troncoso, de doña Mairym Nathalie Salcedo Aponte, de doña Daniela Carolina Herrera Silva, de doña Joenny Andreina Álvarez Pérez, y de don Argenis de Jesús Contreras Mora, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, debiendo la autoridad migratoria recurrida dentro del plazo de sesenta días corridos, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento, como en derecho corresponda, sobre las solicitudes de permanencia definitiva presentadas por los actores. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Protección-155260-2022. En Valparaíso, veinte de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veinte de diciembre de dos mil veintidós. Visto: En folio 1 se deduce recurso de protección en favor de don Leopoldo Tomas Sequeda Castillo, de nacionalidad venezolana, de doña Digabrielis Del Valle Vásquez Delgado, de nacionalidad venezolana, de doña Marta Aparecida Da Silva Troncoso, de nacionalidad brasilera, de doña Mairym Nathalie Salcedo Aponte, de nacionalida

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