8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

CHRISTIAN MARCELO SILVA ROSALES C/ CARLO ANDRES VEGA VASQUEZ

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2022

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°. - Que la resolución que dispone el sobreseimiento definitivo de una investigación penal, de conformidad a lo previsto en el artículo 250 letra d) del Código Procesal Penal, esto es, cuando se hubiere extinguido la responsabilidad penal del imputado por algunos de los

Fundamentos

motivos establecidos en la ley, supone concluir, en el caso que nos ocupa, que resulta procedente la aplicar dicha hipótesis respecto del querellado Carlo Andrés Vega Vásquez, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 93 N° 1 del Código Penal, dado que falleció con posterioridad a la interposición de la querella; 2°. - Que tal como lo expresó el apelante, la querella fue deducida en contra de Carlo Andrés Vega Vásquez y de su conviviente de nombre Rachel, con quien tuvo un hijo en común. Luego de lo dicho, no pudiendo hacer extensiva la causal de sobreseimiento a dicha querellada, corresponde proseguir la investigación a su respecto.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 253 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha veintisiete de octubre de este año, dictada por el 8° Juzgado de Garantía de esta ciudad, en los autos RIT 665-2022, con declaración que el sobreseimiento definitivo de la presente investigación es de carácter parcial, sólo respecto del querellado Carlo Andrés Vega Vásquez, de conformidad a la letra d) del artículo 250 del citado texto legal. Comuníquese y devuélvase la competencia. Penal N° 5.056-2022.- Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. Sala: Segunda Rol Corte: Penal-5056-2022 Ruc: 2200083058-9 Rit : O-665-2022 Juzgado: 8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: el Ministro señora Maritza Elena Villadangos Frankovich, el Ministro (S) señora Karina Irene Ormeño Soto y el Abogado Integrante señor Jorge Benitez Urrutia Relator: Gerardo Rochow

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