C/ CARLOS MAURICIO VELIZ ASTUDILLO
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2022
Materia
DESACATO ART. 240 CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Que atendido el mérito de los antecedentes expuestos en audiencia por los intervinientes, los que constan en el registro de audio, disponible al efecto, se debe determinar la concurrencia de letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, para lo cual se tuvo en consideración la naturaleza de los delitos por los cuales fue formalizado el imputado, la forma de comisión de los mismos, las circunstancias personales de la víctima y, además, el hecho de incumplir medidas cautelares impuestas por sentencia ejecutoriada y que se encontraban vigentes por delitos similares a los de la presente causa en contra de misma afectada, lo que da cuenta que medidas de menor intensidad a la privación de libertad no resultan suficientes para asegurar los fines del procedimiento o la seguridad de la afectada, por lo que, esta Corte estima acreditada la necesidad de cautela, por lo que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la víctima. Por estos fundamentos, y atendido lo dispuesto en los artículos 149 inciso 1° y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada por el Segundo Juzgado de Garantía de Santiago, con fecha diez de diciembre pasado, que rechazó la solicitud de imponer la medida cautelar de prisión preventiva al imputado CARLOS MAURICIO VELIZ ASTUDILLO y se declara en cambio, que éste queda sujeto a dicha medida cautelar. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Ruc: 2201238038-4 Rit : 1-8238-2022 N°Penal-5751-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara en cambio, que éste queda sujeto a dicha medida cautelar. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Ruc: 2201238038-4 Rit : 1-8238-2022 N°Penal-5751-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-5751-2022 Ruc: 2201238038-4 Rit : 1-8238-2022 Juzgado: 2° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Integrantes: Ministra (S) señora Erika Villegas Pavlich, Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y Abogado Integrante señor Rodrigo Montt Swett Relator: Felipe Sanhueza Digitado
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