JUZGADO DE GARANTIA DE CORONEL

MP C/ SEBASTIAN ANDRES ASTUDILLO QUIERO

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2022

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: 1° Que en la presente causa, ingreso penal de esta Corte, Rol N° 1394-2022, la defensa del imputado Sebastián Astudillo Quiero se ha alzado en contra la de la resolución de 14 de diciembre de 2022, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Coronel mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva a su respecto, solicitando se aplique el arresto domiciliario total, del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal. 2° Que el imputado en esta causa se encuentra formalizado por los delitos de Homicidio frustrado y tenencia ilegal de arma de fuego. 3° Que de los antecedentes de la causa y con los argumentos aportados por los intervinientes en estrados, se comprueba que en la especie está debidamente justificada la existencia de los hechos en virtud de los cuales se ha formalizado, existiendo además diversos antecedentes idóneos para presumir fundadamente la participación penal, consistentes en elementos de carpeta de investigación, informes médicos y ampliación de los mismos, declaración de testigos y elementos audiovisuales, con lo que se encuentran debidamente establecidos los presupuestos contenidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal. 4° Que en relación a la necesidad de cautela exigida por la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, teniendo presente la naturaleza de los hechos de que se trata y el carácter de los mismos, circunstancias de la comisión de los delitos, bien jurídico protegido, actuar plural de sujetos; gravedad de la pena asignada por la ley a los ilícitos de que se trata; unido lo anterior a que los argumentos aportados por la defensa en estrados no afectan por ahora de modo sustancial los

Fundamentos

fundamentos tenidos a la vista al decretar la medida cautelar impugnada, constituyendo sus planteamientos en cuanto a posibles modificatorias de responsabilidad penal concurrentes, transcurso de tiempo y calificación jurídica de los hechos como delito de lesiones graves, pretensiones que exigen para su plausibilidad de más y mejores elementos de convicción, posibles de plantear y valorar en diversa y posterior etapa procesal, con lo que no cabe sino concluir que la libertad personal de Sebastián Astudillo Quiero constituye aún un peligro para la seguridad de la sociedad, razón por la cual la prisión preventiva constituye la medida cautelar proporcional y procedente a su respecto, correspondiendo confirmar la resolución que así lo decide.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139, 140 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de catorce de diciembre de dos mil veintidós dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Coronel, que mantuvo la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Sebastián Andrés Astudillo Quiero. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. Rol Penal N°: 1394-2022 Penal.

Texto Completo (Preview)

CCA/cms. C.A. de Concepción. Concepción, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: 1° Que en la presente causa, ingreso penal de esta Corte, Rol N° 1394-2022, la defensa del imputado Sebastián Astudillo Quiero se ha alzado en contra la de la resolución de 14 de diciembre de 2022, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Coronel mantuvo la medida cautelar personal de prisión prev

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