C/ YERKO ALEXANDER ALCAPIA JARA
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2022
Materia
ROBO EN BIENES NACIONALES DE USO PUBLICO. ART. 443.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto y oídos los intervinientes: Por los argumentos y
Fundamentos
fundamentos que constan en el registro de audio, disponible al efecto: Primero: Que se debe tener presente que la resolución que decretó la prisión preventiva del imputado dio por acreditada las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, argumentos que esta Corte comparte. Segundo: Que, en cuanto a la letra c) de la citada norma, se debe determinar si en este caso existe necesidad de cautela, para lo cual se tuvo en consideración la multiplicidad de delitos y los antecedentes anteriores del imputado, por el cual ha sido formalizado el imputado, esta Corte estima acreditada la necesidad de cautela, por lo que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y un peligro para la seguridad de la víctima. Por estos fundamentos, y atendido lo dispuesto en los artículos 149 inciso 1° y 370 letra b) del Código Procesal Penal, se confirma la resolución dictada por el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, con fecha ocho diciembre de esta anualidad, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Yerko Alexander Alcapia Jara. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase la competencia. Ruc: 2201231653-8 Rit : 1-5474-2022 N°Penal-5695-2022. Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
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CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. Sala: Cuarta Rol Corte: Penal-5695-2022 Ruc: 2201231653-8 Rit : 1-5474-2022 Juzgado: 3° JUZGADO DE GARANTÍA DE SANTIAGO Integrantes: Ministra (S) señora Erika Villegas Pavlich, Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y Abogado Integrante señor Rodrigo Montt Swett Relator: Felipe Sanhueza Digitado
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