SIN INFORMACION

A.A.D.C./JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

Rol

Fecha

19 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente Primero: Que comparece el abogado Christian Schurter Grace, interponiendo recurso de amparo en favor del adolescente A.A.D.C., actualmente en régimen de internación provisoria, en contra de la resolución de 26 de octubre de 2022 dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, en causa RIT N°7217-2022 que decretó la mencionada medida cautelar en contra de su representado. Expone que al adolescente se le atribuye participación como autor de un presunto delito de robo con intimidación en grado de desarrollo de frustrado, razón por la que el Ministerio Público solicitó la medida cautelar de internación provisoria en su contra. Añade que se exhibió en audiencia, un video de la cámara de seguridad montada en el tablero del vehículo de la víctima, señalando que de ahí se desprende que su representado no intervino en la dinámica de los hechos, no interacciona con la conductora, ni sustrae las llaves ni ninguna otra pertenencia, salvo descender del vehículo y abrir la puerta de la conductora. Cuestiona la necesidad de cautela, estimando la medida desproporcionada e injusta, además que no se satisfacen los requisitos legales de los artículos 32 y 33 de la Ley N°20.084, en relación al artículo 155 del Código Procesal Penal, puesto que su representado tiene 15 años, mantiene irreprochable conducta anterior, además de arraigo familiar y escolar, por lo que alega que incluso un adulto en esas mismas circunstancias, habría obtenido una cautelar menos gravosa. Luego de transcribir el razonamiento del juez para aplicar la medida de internación provisoria, refiere que la circunstancia de que la defensa pública no haya deducido recurso de apelación en su oportunidad en contra de la resolución en contra de la cual recurre, no le impide la interposición de esta acción constitucional, ni que la Corte pueda entrar a su conocimiento y resolución, en atención al carácter fundamental que tiene el derecho a la libertad, el cual estima transgredido en virtud de

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido por el abogado Christian Schurter Grace en favor del imputado adolescente A.A.D.C. Regístrese y archívese en su oportunidad. N° 942-2022 Amparo

Texto Completo (Preview)

Certifico: Que se anunciaron, escucharon relación y alegaron por el recurso de amparo el abogado don Christian Schurter Grace y contra el mismo el abogado don Darío Sanhueza De la Cruz, asimismo se deja constancia que la audiencia inició a las 09:41 horas y terminó a las 10:01 horas. San Miguel, 19 de diciembre de 2022. Andrea Corvalán Sáez. Relatora Suplente. San Miguel, diecinueve de diciembre

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