NN C/ NEIFER JOSE FERNANDEZ PARUCHO
Rol
Fecha
16 de diciembre de 2022
Materia
LESIONES MENOS GRAVES. ART. 399.
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt que no concedió la medida cautelar de prisión preventiva solicitada respecto del imputado de esta causa solicitada por el Ministerio Público. 2°) Que, del mérito de los antecedentes y de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que, en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se le atribuye al imputado. 3°) A su vez, respecto de la necesidad de cautela regulada en la letra c) del mismo artículo, teniendo en consideración la naturaleza de los delitos por la cual fue formalizada la presente investigación, la forma de comisión de ellos, la existencia de causas pendientes por delito de la misma especie contra la misma víctima y con medidas cautelares vigente, lo que da cuenta del factor de riesgo del artículo 7 de la ley 20.066, se configura un peligro para la seguridad de la víctima que se resguarda sólo con la medida cautelar de prisión preventiva a imponerse en su contra. Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha diez de diciembre del año dos mil veintidós, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Rolando Díaz Coloma respecto del imputado Neifer José Fernández Parucho y en su lugar se decreta la medida cautelar de prisión preventiva en su contra. Adoptado lo anterior con el voto en contra de la Abogada Integrante, doña Margarita Campillay Caro, quién estuvo por confirmar la resolución en alzada por sus propios fundamentos. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. R
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de fecha diez de diciembre del año dos mil veintidós, dictada por el Juez del Juzgado de Garantía de Puerto Montt, don Rolando Díaz Coloma respecto del imputado Neifer José Fernández Parucho y en su lugar se decreta la medida cautelar de prisión preventiva en su contra. Adoptado lo anterior con el voto en contra de la Abogada Integrante, doña Margarita Campillay Caro, quién estuvo por confirmar la resolución en alzada por sus propios fundamentos. Comuníquese de la forma más expedita. Devuélvase. Rol Penal 921-2022.
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS 1°) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por el Ministerio Público en contra de la resolución del Juzgado de Garantía de Puerto Montt que no concedió la medida cautelar de prisión preventiva solicitada respecto del imputado de esta causa solicitada por el Ministerio Público. 2°) Que, del mérito
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