SIN INFORMACION

FLORES AGUIRRE GIOVANNA YESSICA Y OTRA CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

16 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: Comparece Giovanna Yessica Flores Aguirre, en favor de María de Belén Quispe Flores, por quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Indica que durante el año 2018 solicitó su permanencia definitiva, para su hija y desde el año pasado está en el 99% y no tiene respuesta. Pide se exija respuesta sobre la permanencia definitiva de su hija. Informa el Servicio Nacional de Migraciones, indica que el 26 de febrero de 2020 la recurrente solicitó permanencia definitiva, luego, por resolución de 24 de junio de 2022 se otorgó permanencia definitiva a la recurrente. Pide el rechazo del deducido, por haber perdido oportunidad la presente acción toda oportunidad y eficacia, así como el rechazo a la condena en costas. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el artículo 20 de la Constitución Política de la República concede, a quien por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías taxativamente señalados, la acción cautelar de protección a fin de impetrar del órgano jurisdiccional se adopten de inmediato las medidas o providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. De lo anterior se infiere que para su procedencia es requisito indispensable la existencia de un acto u omisión ilegal, es decir, contrario a derecho, en el sentido de vulnerar un precepto normativo obligatorio, o bien, arbitrario, esto es, producto del mero capricho de quien incurre en él, de modo que la arbitrariedad significa carencia de razonabilidad en el actuar u omitir. SEGUNDO: Que, del recurso se colige un reclamo en contra del recurrido, atendido el retardo en la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva de la protegida. A su turno, la recurrida manifiesta en síntesis, que por Resolución Exenta N° 22265791 de 24 de junio de 2022, se otorgó la permanencia definitiva. TERCERO: Teniendo presente lo informado, corroborado con el documento acompañado, se desprende que ha desaparecido el fundamento fáctico que motivó el presente recurso de protección, en consecuencia, el mismo será desestimado. Y visto, además, lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de protección presentada. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° 2415-2022 Protección.

Texto Completo (Preview)

Iquique, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. Resolviendo el primer otrosí de la presentación de folio N° 8: Teniendo presente lo señalado y las excusas expuestas, se acoge la reposición planteada, y, en consecuencia, se deja sin efecto la multa impuesta al Sr. Luis Thayer Correa, Director del Servicio Nacional de Migraciones VISTO: Comparece Giovanna Yessica Flores Aguirre, en favor de M

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