SIN INFORMACION

VARGAS ANTINAO MILTON/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

16 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Andrea Quinteros Salinas, abogada de la defensoría penal pública en representación del condenado Milton Ismael Vargas Antinao, quien actualmente se encuentra privado de libertad en el Centro de Educación y Trabajo Metropolitano, y deduce acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente la resolución tomada por la recurrida al rechazarle el beneficio de libertad condicional al que postuló, correspondiente al segundo semestre del año 2022, sin ajustarse a la normativa vigente, vulnerando sus garantías constitucionales, en virtud con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República. Expone que su defendido se encuentra cumpliendo dos penas, una de 18 años de presidio mayor en su grado máximo, por la comisión de cuatro delitos de robo con intimidación, y la de 478 días por un saldo de pena pendiente, y que de acuerdo a la información entregada por Gendarmería de Chile, habría dado inicio a su cumplimiento el 20 de julio de 2009, estimándose como fecha de término el 10 de noviembre de 2028. Agrega que a la fecha de postulación para el beneficio de libertad condicional cumplía con todos los requisitos solicitados en la ley, teniendo el tiempo mínimo de cumplimiento de la sanción impuesta y presentando los últimos cuatro bimestres de conducta calificada como muy buena, indicando aparece de lo resuelto, que aquello ha sido sin considerar todos los antecedentes que dan cuenta de las actividades de reinserción y del comportamiento del amparado, ni de sus avances en concreto ni los elementos positivos que se señalan en el mismo informe psicosocial de la comisión. Reprocha que la Comisión denegara la concesión del beneficio pedido a pesar de cumplir con todos los requisitos legales, incurriendo en infracción de la normativa contenida en DL 321 sobre Libertad Condici

Fallo

Por estas consideraciones y con lo dispuesto, además, en los artículos 2 N° 3 del D.L. N° 321 de 1925, 12 del Decreto Nº 338 de 2019, del Ministerio de Justicia y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Milton Ismael Vargas Antinao, en contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 4491-2022 Pronunciada por la Cuarta Sala, integrada por la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich, el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo y el Abogado Integrante señor Rodrigo Antonio Montt Swett. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 6: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece doña Andrea Quinteros Salinas, abogada de la defensoría penal pública en representación del condenado Milton Ismael Vargas Antinao, quien actualmente se encuentra privado de libertad en el Centro de Educación y Trabajo Metropoli

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica