TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE CONCEPCION

IMPUTADOS: BRAYAN KEVIN CASTILLO CONSTANZO, FERNANDO ARIEL REUCA VALDEBENITO

Rol

Fecha

16 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: 1°) Que el abogado defensor penal público Rubén Cruces Pereira, en representación del condenado Fernando Ariel Reuca Valdebenito, dedujo recurso de apelación contra la sentencia definitiva de 19 de agosto pasado, pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, que en lo pertinente al recurso deducido, condenó a Reuca Valdebenito a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por su responsabilidad como autor del delito consumado de tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas en pequeñas cantidades, previsto y sancionado en los artículo 1° y 4° de la Ley N° 20.000. Asimismo, el fallo de primer grado dispone el cumplimiento efectivo de la pena impuesta, reconociendo como abono un día de privación de libertad registrado en la causa. 2°) Que el apelante manifiesta su disconformidad con la sentencia condenatoria en lo que concierne al cumplimiento efectivo de la pena impuesta, solicitando que se revoque el fallo de primera instancia en este acápite, y se sustituya la pena temporal impuesta por la de reclusión parcial nocturna en el domicilio del sentenciado. Explica que los sentenciadores rechazaron la petición de aplicar al condenado la reclusión parcial nocturna bajo el argumento de registrar una condena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, impuesta por sentencia de 30 de enero de 2015 y cumplida el 27 de abril de 2017, la que a juicio de la defensa no debió ser considerada para estos efectos, toda vez que dicha anotación prontuarial se encuentra prescrita, debiendo computarse el plazo desde la condena y no desde su cumplimiento como lo hizo erróneamente el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción. 3°) Que la pena de reclusión parcial, según prescribe el artículo 7° de la Ley N° 18.216, consiste en el encierro en el domicilio del condenado o en establecimientos especiales, durante cincuenta y seis horas semanales. Dicha pena puede ser diurna, nocturna o de

Fallo

fallo de primer grado dispone el cumplimiento efectivo de la pena impuesta, reconociendo como abono un día de privación de libertad registrado en la causa. 2°) Que el apelante manifiesta su disconformidad con la sentencia condenatoria en lo que concierne al cumplimiento efectivo de la pena impuesta, solicitando que se revoque el fallo de primera instancia en este acápite, y se sustituya la pena temporal impuesta por la de reclusión parcial nocturna en el domicilio del sentenciado. Explica que los sentenciadores rechazaron la petición de aplicar al condenado la reclusión parcial nocturna bajo el argumento de registrar una condena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, impuesta por sentencia de 30 de enero de 2015 y cumplida el 27 de abril de 2017, la que a juicio de la defensa no debió ser considerada para estos efectos, toda vez que dicha anotación prontuarial se encuentra prescrita, debiendo computarse el plazo desde la condena y no desde su cumplimiento como lo hizo erróneamente el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción. 3°) Que la pena de reclusión parcial, según prescribe el artículo 7° de la Ley N° 18.216, consiste en el encierro en el domicilio del condenado o en establecimientos especiales, durante cincuenta y seis horas semanales. Dicha pena puede ser diurna, nocturna o de fin de semana. 4°) Que para la procedencia de esta pena sustitutiva, han de concurrir los requisitos que enumera el artículo 8° de la ley ya citada, a saber: a) q

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C.A. de Concepción rtp Concepción, dieciséis de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el abogado defensor penal público Rubén Cruces Pereira, en representación del condenado Fernando Ariel Reuca Valdebenito, dedujo recurso de apelación contra la sentencia definitiva de 19 de agosto pasado, pronunciada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, que en l

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