MP C/ YURI SAUL IBANEZ MAMANI
Rol
Fecha
16 de diciembre de 2022
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, encontrándose justificados los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal y, de otro lado, en cuanto a la necesidad de cautela, compartiéndose los
Fundamentos
fundamentos expuestos por la magistrada a quo, en cuanto no existe otra cautelar que permita resguardar adecuadamente la seguridad de la sociedad y los fines del procedimiento, y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 149, 358 y 370 letra b) del citado cuerpo legal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada en audiencia de nueve de diciembre último, por la Juez del Juzgado de Garantía de Chañaral, doña Marjorie Montero Ardiles, que decretó la prisión preventiva del imputado Yuri Saúl Ibañez Mamani, por la causal indicada. Regístrese y devuélvase. N° Penal-563-202.-
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Fecha: quince de diciembre de dos mil veintidós Sala: Primera Rol Corte: Penal-563-2022 Ruc N°: 2201232917-6 Rit N°: O-670-2022 Juzgado: Garantía de Chañaral. C.A. de Copiapó Ministros: la Miistra señora Marcela Araya Novoa, el Ministro (S) señor Rodrigo Cid Mora y la Abogada Integrante señora Loreto Llorente Viñales Relator: ANITA ELVIRA MALUENDA HERNANDEZ Fiscal: Jorge Gamboa Defensor: Alejandro
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