VEGA/PROK CONVEYOR EQUIPMENT SPA
Rol
Fecha
19 de diciembre de 2022
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el presente procedimiento se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y, a su vez, el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el veintitrés de septiembre del año dos mil veintidós (folio N°38), en contra de la resolución de treinta de junio del mismo año (folio N°34). Regístrese y devuélvase. N°Civil-17845-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el veintitrés de septiembre del año dos mil veintidós (folio N°38), en contra de la resolución de treinta de junio del mismo año (folio N°34). Regístrese y devuélvase. N°Civil-17845-2022.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramiadora) Santiago, diecinueve de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el presente procedimiento se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y, a su vez, el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma
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