ANONIMIZADO
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2022
Materia
DIVORCIO POR CESE DE CONVIVENCIA
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Puerto Montt, quince de diciembre de dos mil veintidós. Con la cuenta del relator,
Fundamentos
considerando que el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 dispone: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”; que la resolución que acogió el incidente de entorpecimiento y retrotrajo el juicio al estado de rendir nuevamente la prueba ante juez no inhabilitado no se encuentra dentro de los supuestos que prevé dicha norma,
Fallo
se declara la inadmisible la apelación interpuesta. Al folio 5: A lo principal, al primer y al segundo otrosí: ...
Texto Completo (Preview)
Puerto Montt, quince de diciembre de dos mil veintidós. Con la cuenta del relator, considerando que el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 dispone: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”; que la resolución que acogió el incidente de en
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