1º JUZGADO DE LETRAS DE SAN CARLOS

PEDREROS/PEDREROS

Rol

Fecha

15 de diciembre de 2022

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y OÍDO: Teniendo presente del mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia, que el error en que ha incurrido el demandante al ingresar su demanda a través de la Oficina Judicial Virtual, con una nomenclatura inadecuada para el tipo de procedimiento aplicable a la acción que está intentando, no puede significar en modo alguno denegar el acceso al sistema judicial, siendo responsabilidad del tribunal requerir que se adopten las medidas necesarias para que el sistema computacional de ingreso y distribución de causas corrija el yerro en la nomenclatura y proceda a hacer un nuevo ingreso en la distribución, conforme ahora a una demanda en “Procedimiento: designación de administrador pro indiviso”, y de conformidad además con lo previsto en los artículos 186 y 254 del Código de Procedimiento Civil, en relación a lo preceptuado en el inciso segundo del artículo 3 de la Ley 20.886, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha 12 de agosto de 2022, dictada por el Juzgado de Letras de San Carlos, debiendo dar curso a la demanda N°Civil-632-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillán Macv/rps Chillán, quince de diciembre de dos mil veintidós. VISTO Y OÍDO: Teniendo presente del mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia, que el error en que ha incurrido el demandante al ingresar su demanda a través de la Oficina Judicial Virtual, con una nomenclatura inadecuada para el tipo de procedimiento aplicable a la acción que está intentando, no puede sign

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