SIN INFORMACION

BOU KARROUM/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

15 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Bárbara Cardozo Carruyo, licenciada en ciencias jurídicas y sociales, en favor de Liliana Stefany Bou Karroum El Kadi, de nacionalidad venezolana, y deduce recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión arbitraria e ilegal en que habría incurrido al no resolver oportunamente su petición de permanencia definitiva, vulnerando de este modo el derecho fundamental de igualdad ante la ley, consagrado en el número 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Alega que con fecha 15 de enero de 2021, la recurrente formuló la petición de permanencia definitiva ante la autoridad administrativa, sin embargo, el Servicio Nacional de Migraciones no ha dado respuesta a su solicitud. En cuanto a la ilegalidad destaca que cobra especial relevancia lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, enfatizando los artículos 7 y 27, que consagran el Principio de Celeridad. Pide se ordene a la recurrida que se pronuncie sobre la petición, adoptando las providencias que sean necesarias para restablecer el imperio del derecho. SEGUNDO: Que el Servicio Nacional de Migraciones hizo presente que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra actualmente en trámite. Respecto de la recurrente refiere que con fecha 15 de enero de 2021, la extranjera de marras solicitó ante dicha autoridad permiso de residencia definitiva. Añade que actualmente, y según Resolución Exenta N°21337073, de fecha 7 de diciembre 2021, la solicitud de marras se encuentra en aquella etapa de análisis intermedio, lo que incluye a) Análisis documental que implica validación de forma, vigencia y legalización -si fuese necesario-, además de la petición de información a instituciones externas, específicamente a las policías y Servicio Registro Civil e Identificación, so

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido en favor de Liliana Stefany Bou Karroum El Kadi. Protección N° 1538-2022. Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz, e integrada por la Ministra señora Jenny Book Reyes y Ministro (S) señor Sergio Padilla Farías.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, quince de diciembre de dos mil veintidós. Al folio 14: A lo principal y primer otrosí: téngase presente. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. Al folio 15: A lo principal y primer otrosí: téngase presente. Al segundo otrosí: a sus antecedentes. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Bárbara Cardozo Carruyo, licenciada en ciencias jurídicas y sociales, en

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