GONZÁLEZ/GODOY
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2022
Materia
INDEMNIZACIÓN PERJUICIOS ART.9 LEY 18.287
Resultado
REVOCADA-CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia de Alzada con excepción de los
Fundamentos
considerandos Décimo y Décimo Primero que se eliminan. Y SE TIENE ADEMÁS PRESENTE. PRIMERO: Que, se alza la demandada en contra de la sentencia definitiva de primer grado, que hace lugar a la demanda deducida por doña Ginette del Carmen González Mulven, ordenándose pagar a la demandante la suma de $6.000.000.- por concepto de daño emergente; $20.000.000.- por concepto de daño moral; con costas; solicitando se enmiende conforme a derecho, “dictando con ello la correspondiente sentencia de reemplazo, señalando que en autos no operaron ni se acreditaron los supuestos para dar lugar a la pretensiones de la actora,
Fallo
por tanto rechace en todas sus partes la demanda de indemnización de perjuicios deducida en contra de mi representado, o en su defecto, se proceda a disminuir prudencialmente el monto a resarcir por concepto de indemnización de perjuicios a la suma de $500.000.- por concepto de daño emergente y $1.000.000.- por concepto de daño moral, o lo que US., considere conforme al mérito de autos; todo lo anterior con expresa condena en costas.” SEGUNDO: Que, fundamenta su recurso, señalando que si bien, es efectiva su responsabilidad infraccional, cuestiona la relación de causalidad entre los hechos denunciados y los supuestos daños que la demandante reclama, impugnando la sentencia por causar un perjuicio pecuniario a su parte, que ha sido condenada al pago por una indemnización de perjuicios por la suma de $6.000.000.- por concepto de daño emergente y por $20.000.000.- por concepto de daño moral, como resultado de una interpretación errónea de derecho y de las reglas de valoración probatorias, ya que el juez a quo valora los medios de prueba presentados, que según consta a folio 36, fueron objetados. Cita textualmente el considerando Octavo y Noveno de la sentencia impugnada, así como el informe de atención de urgencia de la demandante de autos, N°1706922 del Hospital Regional de Coyhaique, señalando que el documento informa algo completamente contrario a lo que indica la sentencia. Acusa que el sentenciador del grado invierte la carga de la prueba en cuanto a los daños y su relació
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Coyhaique, quince de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia de Alzada con excepción de los considerandos Décimo y Décimo Primero que se eliminan. Y SE TIENE ADEMÁS PRESENTE. PRIMERO: Que, se alza la demandada en contra de la sentencia definitiva de primer grado, que hace lugar a la demanda deducida por doña Ginette del Carmen González Mulven, ordenándose pagar a la dem
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