1º JUZGADO CIVIL DE CONCEPCION

EUROCAPITAL S.A. CON SERVIU REGION DEL BIO BIO, DELEGACION PROVINCIAL DEL ÑUBLE

Rol

Fecha

15 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°.- Que se ha elevado esta causa en apelación deducida por la parte demandante Eurocapital S.A. en contra de la sentencia de primera instancia de fecha 30 de abril del 2022, que rechazó la demanda por no haberse emitido la factura por la empresa constructora por el servicio prestado, lo que sería previa la cesión, resolución que al haber resuelto del modo indicado, causa agravio al apelante y es – a su juicio - jurídicamente incorrecta, razón por la cual la impugna, a fin de que esta I. Corte, revocándola, decida en su reemplazo que se hace lugar a la demanda de cobro de pesos de folio 1, con costas. 2°.- Que, fundando el recurso, expone el apelante que el demandado reconoce que celebró un contrato de construcción con la cedente Constructora El Toro para ejecutar un proyecto de mejoramiento de viviendas, que las obras se ejecutaron y que se pagarían con subsidios y ahorros de los beneficiarios que fueron cedidos por la Constructora cedente a su parte, por la suma de 495 UF. Añade que el demandado también reconoce que el servicio se prestó, y que hay derecho a la contraprestación, sin que exista reparo sobre ello, que tampoco se cuestionó la cesión del crédito, ni al momento de ser notificado de la cesión ni al contestar la demanda, por lo que dicha cesión debe estimarse perfecta e incuestionable, e irrevocablemente aceptada por el demandado conforme al artículo 163 del Código de Comercio. También indica el actor que el demandado reconoce que no pagó lo adeudado, por falta de emisión de la factura, sin que exista norma legal o reglamentaria alguna que al reglamentar el pago de los subsidios o ahorros (Decreto 255 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo), los condicione a la emisión de factura por parte de la empresa constructora, por lo que la falta de la emisión de la factura no puede afectar el pago de lo adeudado, pues ello es de cargo de la empresa constructora y no de su parte, porque la demandada no alegó esa circunstancia al

Fundamentos

considerandos sexto y siguientes del

Fallo

fallo impugnado, se ha hecho cargo de tal problemática, indicando las razones por las cuales concluye que para que la pretensión del demandante sea acogida necesariamente se requiere emisión de factura previa al pago requerido al demandado Serviu. En efecto, indica el tribunal a quo –en síntesis- que el Decreto Ley 825, Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios, establece en su artículo 8, como hecho gravado, afecto a su normativa, en su letra e) “los contratos de instalación o confección de especialidades y los contratos generales de construcción”, devengándose el impuesto de dicho cuerpo normativo, al momento de emitirse la factura, siendo sujetos del impuesto los contratistas o subcontratistas, de acuerdo al artículo 11 letra f, de manera tal que la actividad desplegada por la cedente Constructora El Toro sí está gravada con el impuesto indicado, razón por la cual -de acuerdo al artículo 52- ella debe emitir facturas o boletas, según sea el caso, por las operaciones que efectúen, al momento del pago. También señala el fallo en análisis que, de acuerdo al artículo 73 del DL 825, todo funcionario fiscal, semifiscal, municipal o de organismos de administración autónoma que, en razón de su cargo, tome conocimiento de los hechos gravados por tal ley, debe exigir, previamente, que se le exhiba el comprobante de pago del tributo correspondiente para dar curso o autorizar las respectivas solicitudes, inscripciones u otras actuaciones, y que, de acuerdo al inciso segundo del ar

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción Concepción, quince de diciembre de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°.- Que se ha elevado esta causa en apelación deducida por la parte demandante Eurocapital S.A. en contra de la sentencia de primera instancia de fecha 30 de abril del 2022, que rechazó la demanda por no haberse emitido la factura por la empresa constructora por el servicio prestado, lo que

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica