SIN INFORMACION

PAILLALEF/COOPERATIVA DE CONSUMO CARABINEROS DE CHILE LIMITADA

Rol

Fecha

15 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Comparece don Nelson Eduardo Paillalef Paillamil, funcionario de Carabineros de Chile, quien interpone recurso de protección en contra de Cooperativa de Consumos Carabineros de Chile Ltda. (Coopercarab), por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en no restituir las sumas descontadas por planilla, desconociendo el efecto de la resolución de liquidación concursal, lo que vulneraría la garantía del numeral 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la república. Señala que solicitó la liquidación voluntaria de sus bienes, en procedimiento que se tramitó bajo el ROL C-4215-2020 en el 2º Juzgado Civil de Temuco, caratulada “/PAILLALEF” , dictándose resolución de liquidación con fecha 04 de diciembre de 2020. Añade que durante la tramitación de su procedimiento concursal se solicitó oficiar con fecha 21 de abril del 2021 a Cooperativa de Consumo de Carabineros Limitada (COOPERCARAB) que le descontó de las cuotas por planilla en sus liquidaciones de sueldopara que en definitiva cesará el pago del crédito que mantenía con dicha institución, y, a su vez, se ordenara a dicho acreedor restituir el dinero descontado indebidamente, a través de un cheque o un vale vista a su nombre. Sin embargo, Cooperativa de Consumo de Carabineros Limitada (COOPERCARAB) siguió con las deducciones, y no restituyo el dinero descontado posterior a la resolución de liquidación sin obedecer los efectos que esta misma produce y omitiendo lo señalado en el oficio número 208 de fecha 14 de junio de 2017 dictado por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, la cual se pronuncia sobre los montos descontados de las cuentas bancarias, remuneraciones o bien de los créditos que se adeuden con posterioridad a la resolución de liquidación no fue mencionado Coopercarab porque en ese entonces no tenía deuda con la recurrida. Agrega que al dictarse resolución de término del procedimiento dictado con fecha 01 de julio del 2022, solicitó nuevamente el cese y la devolució

Fundamentos

CONSIDERANDO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que conforme es generalmente aceptado tanto por la doctrina como por la jurisprudencia, el recurso de protección de garantías constitucionales, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye jurídicamente una acción de evidente carácter cautelar, destinada a amparar el libre ejercicio de las garantías y derechos preexistentes que en esa misma disposición se enuncian, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe ese ejercicio. Consecuentemente, para la procedencia de la acción cautelar de protección es requisito indispensable la existencia actual de un acto o una omisión ilegal o arbitraria que provoque la afectación de alguno de los derechos fundamentales protegidos, de manera que la Corte pueda quedar en posición de adoptar alguna medida que contrarreste, neutralice o anule los efectos indeseables de esa acción u omisión. SEGUNDO: Que para resolver este asunto debe tenerse presente, que el recurrido acompañó a folio 7 de esta instancia, documento que da cuenta de haberse efectuado el pago de lo debido el 02 de agosto de 2022. TERCERO: Que, por consiguiente, de lo transcrito precedentemente resulta que ha cesado el acto arbitrario e ilegal cuestionado, por lo que no existe medida que esta Corte pueda adoptar para reestablecer el imperio del derecho, motivo por el que esta acción debe ser desestimada, por pérdida de oportunidad.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, SE RECHAZA por pérdida de oportunidad el recurso deducido don Nelson Eduardo Paillalef Paillamil, en contra de Cooperativa de Consumos Carabineros de Chile Ltda. (Coopercarab). Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol N° Protección-30764-2022.(jog)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, quince de diciembre de dos mil veintidós. Al escrito folio N° 11: A lo principal y al otrosí: Téngase presente. VISTOS: Comparece don Nelson Eduardo Paillalef Paillamil, funcionario de Carabineros de Chile, quien interpone recurso de protección en contra de Cooperativa de Consumos Carabineros de Chile Ltda. (Coopercarab), por el acto que estima ilegal y arbitrario consiste

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