ADM. DE FONDOS DE CESANTIA CHILE II S.A. CON SOCIEDAD AGRICOLAY COMERCIAL PERMANZ LIMITADA
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y teniendo únicamente presente: Que, el arresto, en cuanto implica la privación de libertad del deudor, debe ser utilizado como medida de ultima ratio, esto es, ante la insuficiencia de bienes, no constando en autos que se haya agotado la posibilidad de ejecutar los bienes del deudor para el cobro de la deuda y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley 17.322 y artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma, en lo apelado, la resolución de fecha seis de octubre del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, en causa RIT P-2011-2017. Comuníquese. Rol I. Corte 885-2022 Laboral. –
Texto Completo (Preview)
Rancagua, quince de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo únicamente presente: Que, el arresto, en cuanto implica la privación de libertad del deudor, debe ser utilizado como medida de ultima ratio, esto es, ante la insuficiencia de bienes, no constando en autos que se haya agotado la posibilidad de ejecutar los bienes del deudor para el cobro de la deuda y de conformidad a lo dispues
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