SIN INFORMACION

BIEN-AIME / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 14 de octubre de 2022, comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en favor de Marie-Juna Bien-Aime, haitiana, ambos domiciliados en calle Club Hípico N°4676 piso 7 B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado legalmente por su director Luis Eduardo Thayer Correa, ambos domiciliados en calle San Antonio N°580, comuna de Santiago, en razón de haber incurrido en una omisión ilegal que perturba su ejercicio del derecho de igualdad ante la ley consagrado en el artículo 19 N°2 de la Carta Fundamental, consistente en la ausencia de pronunciamiento respecto su solicitud de permanencia definitiva. Indica que han transcurrido varios meses desde que la recurrente solicitó la ampliación del beneficio migratorio de permanencia definitiva el 24 de septiembre pasado, sin que hasta la fecha exista pronunciamiento de parte de la autoridad recurrida, manteniéndola en un estado constante de preocupación e incertidumbre. Señala que el tiempo excesivo de tramitación de la solicitud sin dar respuesta alguna, constituye una ilegalidad, ya que infringe lo dispuesto en los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley N°19.880 en los que se consagra el principio de celeridad y el impulso de oficio de la autoridad, vulnerando la garantía fundamental de igualdad ante la ley consagrada en el numeral 2 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Pide que se ordene a la recurrida dictar el acto administrativo terminal relativo a la solicitud de permanencia definitiva, cesando las vulneraciones de garantías indicadas. Segundo: Que evacua el informe respectivo el abogado del Servicio Nacional de Migraciones Julián Salviat Silva, solicitando el rechazo de la acción constitucional. Sostiene que la petición de permanencia definitiva de la recurrente fue presentada el 2 de diciembre de 2021; que el 24 de septiembre de 2022, el Servicio, a

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de Marie-Juna Bien-Aime, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, solo en cuanto se dispone que la autoridad recurrida deberá resolver la solicitud materia de estos autos en el plazo de sesenta días corridos, una vez que esta sentencia quede ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese. N°22.837-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, catorce de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 14 de octubre de 2022, comparece el abogado Tomás Guillermo Matheson Mujica, para interponer acción constitucional de protección en favor de Marie-Juna Bien-Aime, haitiana, ambos domiciliados en calle Club Hípico N°4676 piso 7 B, comuna de Pedro Aguirre Cerda, en contra del Servicio Nacional de Migr

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