SOTO / MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Rol
Fecha
14 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: En folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de Juan José Soto Madariaga, contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que mediante Decreto Exento N°2735 de 02 de diciembre de 2022 rechazó el beneficio de reducción de condena al amparado. Se indica que el amparado fue condenado el 23 de abril de 2019 por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, a la pena de cinco años y un día de presidio mayor en grado mínimo, como autor del delito de abuso sexual reiterado, hecho ocurrido en el periodo comprendido entre enero de 2013 y el 10 de febrero de 2016. El cumplimiento de dicha condena se computó desde el día 10 de mayo de 2019, registrando como fecha de cumplimiento el 03 de agosto de 2023, la que fue rebajada por aplicación de la Ley N°19.856, de manera que el cumplimiento de la misma se verificó el 03 de diciembre pasado. No obstante lo anterior, el decreto impugnado, rechazó dicha rebaja, ya que el 09 de febrero de 2022 entró en vigencia la Ley N°21.421, por la que se excluyó de los beneficios contemplados en la Ley N°19.856 a quienes hayan sido condenados por delitos de carácter sexual, aplicando de forma retroactiva la ley e impidiéndole al amparado recuperar su libertad desde el 03 de diciembre pasado, lo que constituye un privación ilegal de la misma. Argumenta que de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 19 N°3 de la Constitución Política de la República y en los tratados internacionales que cita, existe prohibición de hacer aplicable una norma penal posterior cuando ésta perjudique al reo. Cita jurisprudencia en apoyo de su tesis y pide, en definitiva que se deje sin efecto el Decreto Exento y se haga efectiva la reducción de condena, decretando su inmediata libertad o bien que se disponga que el recurrido deba dictar el acto que conceda el beneficio al amparado. Se informa en representación del Ministerio de Justicia que el beneficio de reducción de condena se encuentra regulado en la Ley N°19.856, publicada el 04 de febrero de 2003
Fundamentos
Considerando sexto, causa Rol N° 3342-2022, Corte de Apelaciones de Santiago). 4°: Que, a partir de lo señalado, se verifica que la recurrida obró en uso de sus atribuciones, facultada por la mencionada Ley N° 21.421 y con antecedentes fácticos reunidos para no otorgar el beneficio de rebaja de condena del amparado. Regístrese, notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y, en su oportunidad, archívese. N°Amparo-2450-2022.
Fallo
Por estas consideraciones, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se acoge el recurso de amparo deducido en favor de Juan José Soto Madariaga en contra del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sólo en cuanto se deja sin efecto el Decreto Exento N° 2735/2022 de 02 de diciembre de 2022, debiendo la autoridad recurrida dictar en su lugar el decreto exento que otorgue el beneficio de reducción de condena al amparado, ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia. Acordada con el voto en contra del Ministro don Jaime Patricio Alejandro Arancibia Pinto, quien estuvo por rechazar el recurso de amparo, por las siguientes consideraciones. 1°: Que, mediante el presente arbitrio se ataca como ilegal la decisión contenida en el Decreto Exento N° 2735 de fecha 02 de diciembre de 2022 del Ministerio de Justicia, que excluyó al amparado del beneficio de rebaja de condena bajo la causal de exclusión del artículo 17 letra e) de la Ley N° 19.856, esto es, por haber cometido delito de abuso sexual reiterado de persona menos de 14 años. 2°: Que, en la especie, el amparado fue condenado a una pena privativa de libertad de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo como autor de delito de abuso sexual de menor de 14 años, previsto y sancionado en el artículo 366 bis en relación al artículo 366 ter, ambos del Código Penal, y que este ha sido postulado a la reducción de condena, solicitud que fue acogida por la Comisión re
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Llg C.A.Valparaíso. Valparaíso, catorce de diciembre de dos mil veintidós. Visto: En folio 1, se deduce recurso de amparo en favor de Juan José Soto Madariaga, contra el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que mediante Decreto Exento N°2735 de 02 de diciembre de 2022 rechazó el beneficio de reducción de condena al amparado. Se indica que el amparado fue condenado el 23 de abril de 2019 por
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