RUBEN DARIO CALLE QUISPE CONTRA SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
14 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece Rubén Darío Calle Quispe, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Indica, en síntesis, que en noviembre de 2019, solicitó su permanencia definitiva, sin que a la fecha haya tenido respuesta por parte de la entidad recurrida, por lo que solicita se ordene a ésta completar la tramitación respectiva. Acompañó documentos a su presentación. Informando el Servicio Nacional de Migraciones, solicita el rechazo del recurso por carecer de oportunidad y eficacia, señalando que mediante Resolución Exenta N° 152425, de 29 de diciembre de 2021, se otorgó a la recurrente su permanencia definitiva. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el artículo 20 de la Constitución Política de la República concede, a quien por causa de actos u omisiones arbitrarios o ilegales sufra privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de los derechos y garantías taxativamente señalados, la acción cautelar de protección a fin de impetrar del órgano jurisdiccional se adopten de inmediato las medidas o providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. De lo anterior se infiere que para su procedencia es requisito indispensable la existencia de un acto u omisión ilegal, es decir, contrario a derecho, en el sentido de vulnerar un precepto normativo obligatorio, o bien, arbitrario, esto es, producto del mero capricho de quien incurre en él, de modo que la arbitrariedad significa carencia de razonabilidad en el actuar u omitir. SEGUNDO: Que, del recurso se colige un reclamo en contra del recurrido, atendido el retardo en la tramitación de la solicitud de permanencia definitiva de la actora. A su turno, la recurrida manifiesta que por Resolución Exenta N° 152425, de 29 de diciembre de 2021, se otorgó a la protegida la permanencia definitiva. TERCERO: Que, en este sentido, se aprecia que ha desaparecido el fundamento fáctico que motivó el presente recurso de protección, por lo que, en consecuencia, no concurren los presupuestos necesarios para que la acción constitucional prospere, debiendo disponerse su rechazo. Y visto, además, lo establecido en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, SE RECHAZA la acción constitucional de protección presentada. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad, archívese. Rol N° 3217-2022 Protección.
Texto Completo (Preview)
Iquique, catorce de diciembre de dos mil veintidós. VISTO: Comparece Rubén Darío Calle Quispe, quien recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Indica, en síntesis, que en noviembre de 2019, solicitó su permanencia definitiva, sin que a la fecha haya tenido respuesta por parte de la entidad recurrida, por lo que solicita se ordene a ésta completar la tramitación respec
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