JUZGADO DE GARANTIA DE YUNGAY

MINISTERIO PUBLICO C/ IGNACIO RODRIGO SOBARZO CRUCES

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2022

Materia

CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD CON RESULTADO DE MUERTE ART. 196 INC. 3 LEY DE TRANSITO.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Visto: 1°. - Que, la defensa del imputado Ignacio Rodrigo Sobarzo Cruces se ha alzado en contra de la resolución de cinco de diciembre en curso, que impuso a su representado la medida cautelar de prisión preventiva. Funda su recurso en la irreprochable conducta anterior del encartado, su arraigo laboral, familiar y social, y su actual estado de salud; sumado a las posibilidades de optar a penas sustitutivas en caso de ser condenado por los hechos formalizados. 2°. - Que, la Fiscalía solicita la confirmación de la resolución recurrida, atendida la cantidad de delitos formalizados, la gravedad de las penas asignadas por ley a ellos, la extensión del mal causado por este, en particular el resultado de muerte de una de las víctimas. 3°. - Que, esta Corte estima que, la libertad del imputado resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad atendida la gravedad de la pena asignada al más grave de los delitos, la extensión del mal causado, en particular el resultado de muerte que afectó a una de las víctimas, la inaplicabilidad del grado mínimo de la pena, así como la improcedencia de penas sustitutivas sin cumplir previamente un año de pena efectiva. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, la resolución dictada en audiencia de cinco de diciembre pasado, que impuso a Ignacio Rodrigo Sobarzo Cruces, la medida cautelar de prisión preventiva. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente N°Penal-514-2022.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma, la resolución dictada en audiencia de cinco de diciembre pasado, que impuso a Ignacio Rodrigo Sobarzo Cruces, la medida cautelar de prisión preventiva. Téngase por notificados a los intervinientes. Comuníquese y devuélvase inmediatamente N°Penal-514-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Chillan Chillan, catorce de diciembre de dos mil veintidós. Visto: 1°. - Que, la defensa del imputado Ignacio Rodrigo Sobarzo Cruces se ha alzado en contra de la resolución de cinco de diciembre en curso, que impuso a su representado la medida cautelar de prisión preventiva. Funda su recurso en la irreprochable conducta anterior del encartado, su arraigo laboral, familiar y social, y su a

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