MENDOZA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
15 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Con fecha 8 de noviembre de 2022 se recurre de protección en favor de Angeline Juste, haitiana, de Emerson David Quintana Hernández, venezolano, de José Gregorio Sandoval Cano, venezolano, de Luis Eduardo Vargas Hernández, peruano, de María de los Ángeles Contreras Pernía, venezolana, y de José Leonardo Mendoza Mejías, venezolano, contra el Servicio Nacional de Migraciones, porque ilegal y arbitrariamente no se ha pronunciado sobre la visa de permanencia definitiva que solicitaron con fechas 06-01-2022, 12-06-2021, 02-07-2020, 05-03-2021, 12-12-2021 y 23-09-2021, respectivamente, lo que vulnera sus garantías de igualdad ante la ley. Solicitan ordenar a la recurrida que emita su parecer en el breve plazo, con costas. Con fecha 24 de noviembre de 2022 la recurrida informa que las solicitudes de permanencia definitiva están en etapa de “Inicio-en trámite”, “Evaluación intermedia”, “Evaluación intermedia”, “Tramitación”, “Inicio-en trámite” y “Estudio Preliminar”, respectivamente. Se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y
Fundamentos
considerando: Que, si bien el estado de tramitación del requerimiento de los recurrentes, tendiente a la obtención de sus permanencias definitivas, se encuentran en trámite, no es menos cierto que ha existido una dilación excesiva en su tramitación, y,
Fallo
por tanto, implica una omisión ilegal que contraviene los principios de celeridad y conclusivo establecidos en los artículos 7 y 27 de la Ley N° 19.880, conculcando la garantía consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República para ella, razón por la cual se acogerá esta acción en los términos que se indicarán. Y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido en favor de Angeline Juste, de Emerson David Quintana Hernández, de José Gregorio Sandoval Cano, de Luis Eduardo Vargas Hernández, de María de los Ángeles Contreras Pernía, y de José Leonardo Mendoza Mejías y, por consiguiente, el Servicio Nacional de Migraciones deberá dentro del plazo de sesenta días, concluir la tramitación y emitir pronunciamiento como en derecho corresponda, sobre las solicitudes de permanencia definitiva presentadas por los recurrentes. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N° Protección 153018-2022.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valparaíso Valparaíso, quince de diciembre de dos mil veintidós. Vistos: Con fecha 8 de noviembre de 2022 se recurre de protección en favor de Angeline Juste, haitiana, de Emerson David Quintana Hernández, venezolano, de José Gregorio Sandoval Cano, venezolano, de Luis Eduardo Vargas Hernández, peruano, de María de los Ángeles Contreras Pernía, venezolana, y de José Leonardo Mendoza Mejías
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