SIN INFORMACION

MARIN / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

14 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza, abogado, quien en favor de Valentina Marín Quintero, colombiana, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Tomé N°0777, comuna de La Granja, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Luis Eduardo Thayer Correa, sociólogo, con domicilio en San Antonio N° 580, comuna de Santiago, Región Metropolitana, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre su petición de permanencia definitiva solicitada el 1 de marzo de 2020 lo que califican como ilegal, arbitrario y lesivo del derecho consagrado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, en la medida que constituye una transgresión de los artículos 7, 8, 9, 14 y 27 de la Ley 19.880. Pide, en definitiva, que se ordene a la autoridad recurrida el otorgamiento del acto administrativo terminal referente a la solicitud de permanencia definitiva de la recurrente otorgándole tal calidad migratoria. Segundo: Que informaron Antonio Henríquez Beltrán y Valentina Gómez Baltán, abogados del Servicio Nacional de Migraciones, ex Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública solicitando el rechazo del recurso en todas sus partes al no existir un acto u omisión de su parte que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal que atente en contra de la garantía constitucional señalada. Indica que efectivamente la recurrente solicitó el 1 de marzo de 2020 su permiso de permanencia definitiva el que conforme la Resolución Exenta N° 95549, de 25 de octubre del 2022 avanzó a la etapa de “Pago de Derechos”, solicitando la autoridad migratoria que realice el correspondiente pago en virtud del artículo 40 de la Ley 21.325, informado aquello mediante Comunicación Electrónica Folio N°30281860, de fecha 24 de octubre de 2022. Exponen que el artículo 38 de l

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña Josmar Viviana Valeria D Santiago Herrera, y se ordena al Servicio Nacional de Migraciones emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°11.188-2022 Protección

Texto Completo (Preview)

San Miguel, catorce de diciembre de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza, abogado, quien en favor de Valentina Marín Quintero, colombiana, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Tomé N°0777, comuna de La Granja, presenta recurso de protección en contra del Servicio Nacional de Migración dependiente del Ministerio del I

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