VALERIA/FUNDACION JOSEFINA MARTINEZ DE FERRARI HOPSITAL PARA NIÑOS
Rol
J-233-2021
Fecha
19 de agosto de 2021
Materia
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En estos autos RIT J-233-2021 RUC: 21- 3-0125402-1 comparece doña MARÍA ESPERANZA VALERIA ROZAS, terapeuta ocupacional, domiciliada en Pasaje La Concepción 2785, comuna de Maipú, quien viene en interponer demanda en juicio ejecutivo laboral en contra de su ex – empleadora, FUNDACIÓN HOSPITAL JOSEFINA MARTÍNEZ DE FERRARI, representada legalmente por doña Jacqueline Kelly Jara, ambas con domicilio en Moneda 856, oficina 504, comuna de Santiago Funda su acción, en que la demandada mediante carta de aviso de despido fechada 3 de mayo del año 2021 (la cual acompaña a su libelo), le notificó su decisión de poner término a su contrato de trabajo, invocando para ello la causal indicada en el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo. Asimismo, en la misiva se le reconoce adeudar Indemnización por Feriado Legal (32 días) por la suma de $1.030.752; Indemnización Mes de Desahucio por la suma de $966.318 e Indemnización Años de Servicio por la suma de $2.898.954 y, señala además, que se le habría descontado ilegalmente el aporte efectuado por el empleador a la cuenta individual de cesantía, por la suma de $635.738.-, reconociéndose finalmente un total a pagar de $4.260.286.- Por lo anterior y disposiciones legales que invoca, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva laboral, someterla a tramitación, y despachar mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $4.260.286, más el incremento legal que solicita en atención al artículo 169 del Código del Trabajo. Practicada la liquidación, se despachó mandamiento de ejecución y embargo por la suma $4.291.865 (cuatro millones doscientos noventa y un mil ochocientos sesenta y cinco pesos). En presentación de fecha 01 de julio de 2021, comparece doña Viviana Martínez Donoso en representación de Fundación Hospital Josefina Martínez de Ferrari, y acompaña copia de comprobante de transferencia electrónica por la suma de $4.291.865 de fecha 25 de junio de 2021 abonado a la cuenta corriente del tribunal. Con fecha ca
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, doña MARÍA ESPERANZA VALERIA ROZAS interpone demanda en juicio ejecutivo laboral en contra de su ex – empleadora FUNDACIÓN HOSPITAL JOSEFINA MARTÍNEZ DE FERRARI, representada legalmente por doña Jacqueline Kelly Jara.- Funda su acción, en el hecho que la demandada por una carta de aviso de despido de fecha 3 de mayo del año 2021, le comunicó la decisión de poner término a su contrato de trabajo, invocando para ello la causal indicada en el artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo. Asimismo su ex – empleadora en la misiva reconoce adeudarle por concepto de Indemnización Feriado Legal (32 días) la suma de $1.030.752; por Indemnización Mes de Desahucio la suma de $966.318 y, por Indemnización Años de Servicio la suma de $2.898.954.- Expresa que la carta de aviso es constitutiva de una oferta irrevocable del pago de su finiquito, y que habiendo transcurrido casi un mes desde el término de la relación laboral, pese a sus reclamos y solicitudes para que se procediera con la suscripción y pago del finiquito, ello no se ha materializado a la interposición de la demanda.
Fallo
Por lo expuesto, solicita tener por interpuesta demanda ejecutiva laboral en contra de su ex empleadora FUNDACIÓN HOSPITAL JOSEFINA MARTÍNEZ DE FERRARI, representada por doña Jacqueline Kelly Jara, ambas ya individualizadas, y despachar en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $4.260.286.-, más intereses y reajustes legales, con el recargo del 150% que señala la ley, o lo que el tribunal estime conforme a derecho y al mérito del proceso, disponiendo a su vez que se siga adelante con la ejecución hasta que la demandada le haga íntegro pago de lo adeudado, con costas. SEGUNDO: Que con fecha 01 de julio del presente año, comparece doña Viviana Martínez Donoso por la parte demandada Fundación Hospital Josefina Martínez de Ferrari, interponiendo la excepción prevista y dispuesta en el artículo 470 del Código del Trabajo, esto es, el pago de la deuda. Señala que, con fecha 25 de junio del presente año, su representada ha realizado una transferencia electrónica a la cuenta corriente del tribunal por la suma de $4.291.865 (cuatro millones doscientos noventa y un mil ochocientos sesenta y cinco pesos), suma total consignada en el detalle de liquidación de fecha 15 de junio del 2021. Agrega que ha consignado el monto señalado en el titulo ejecutivo hecho valer por la ejecutante, por lo que ya no es un título actualmente exigible. Por tanto, en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en el artículo 470 del Código del Trabajo interpone excepción de pago. Para apoy
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Santiago, diecinueve de agosto de dos mil veintiuno. VISTOS: En estos autos RIT J-233-2021 RUC: 21- 3-0125402-1 comparece doña MARÍA ESPERANZA VALERIA ROZAS, terapeuta ocupacional, domiciliada en Pasaje La Concepción 2785, comuna de Maipú, quien viene en interponer demanda en juicio ejecutivo laboral en contra de su ex – empleadora, FUNDACIÓN HOSPITAL JOSEFINA MARTÍNEZ DE FERRARI, representada le
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