NN C/ LUIS EDUARDO VILCHES SAN MARTIN
Rol
Fecha
13 de diciembre de 2022
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Teniendo presente el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes; estimándose que la medida cautelar de arresto domiciliario total que decretó el Juez a quo, mediante la resolución apelada, complementando la cautelar primigeniamente impuesta del artículo 155, letra g) del Código Procesal Penal, aparece proporcionada en relación a las nuevas circunstancias alegadas por el ente persecutor, considerando, especialmente, la conducta refractaria del imputado, y teniendo presente la naturaleza y carácter del ilícito por el cual ha sido formalizado, estimándose que la medida de arresto domiciliario total satisface adecuadamente la necesidad de cautela, por cuanto la libertad del encartado constituye un peligro para la seguridad de la víctima, y atendido lo dispuesto en los artículos 122 y 140 Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de fecha cinco de diciembre de dos mil veintidós, en cuanto por ella se complementó la medida cautelar de prohibición de acercamiento a la víctima con la medida de arresto domiciliario total en contra del ya referido imputado. Comuníquese y devuélvase. Rol N°240-2022 (Penal).
Texto Completo (Preview)
En Coyhaique, a trece de diciembre de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDO: Teniendo presente el mérito de los antecedentes que se conocen; alegaciones de los intervinientes; estimándose que la medida cautelar de arresto domiciliario total que decretó el Juez a quo, mediante la resolución apelada, complementando la cautelar primigeniamente impuesta del artículo 155, letra g) del Código Procesal Penal
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