SIN INFORMACION

GONZALEZ Y OTROS / FUNDACION EDUCACIONAL COLEGIO ECOLOGICO PAINE Y OTRO

Rol

Fecha

13 de diciembre de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Bruno Machuca Gamboa, en favor de los estudiantes Erik Nicolás González Quintana, Miguel Octavio Ayala Rubio y Martín Alonso Gajardo Santelices, todos domiciliados en Diego Portales Sur H 29 Hospital, comuna de Paine, deduciendo recurso de protección en contra de doña Jaqueline del Carmen Estrada Mayorga, directora del Colegio Ecológico Paine y todos los que resulten responsables, ambos domiciliados en Los Aromos Nº107, Hospital, comuna de Paine, por el acto ilegal y arbitrario consistente en suspenderlos definitivamente de clases y excluirlos de su licenciatura y graduación de cuarto medio. Expone que el pasado 9 de septiembre los recurrentes se encontraban en el patio del colegio junto a otros compañeros preparando bailes y actividades para la conmemoración de las fiestas patrias percatándose que una compañera se encontraba siendo agredida por un alumno del colegio. Añade que los alumnos que representa actuaron en defensa de su compañera generándose una pelea entre los estudiantes lo que ocasionó que el colegio suspendiera las actividades relacionadas con la celebración de fiestas patrias. Explica que, a vuelta de vacaciones, el 27 de septiembre fueron notificados de la existencia de un procedimiento sancionatorio en su contra, comunicándoseles el 6 de octubre la resolución final del proceso, a través de la cual se les aplicaban diversas sanciones por faltas graves y muy graves. En concreto, se les suspendió de clases y de toda actividad extra escolar de manera permanente y se les excluyó de su licenciatura de cuarto medio. Estima que las medidas adoptadas por el colegio son arbitrarias e ilegales, toda vez que no se ajustan a la tramitación de un debido proceso, burlándose la aplicación de las normas y procedimiento contemplado en el reglamento interno el que prescribe como falta grave o muy grave agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un estudiante, pero la falta ve afectada

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunciaron y alegaron en la Tercera Sala, por el recurso de protección el abogado don Bruno Machuca y contra el mismo el abogado don Pedro Contreras. San Miguel, trece de diciembre de dos mil veintidós. Andrea Durán Bruce, relatora. San Miguel, trece de diciembre de dos mil veintidós. A los folios 29 y 30: Téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el

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