SALAS SILVA HERBERT ENRIQUE /GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
12 de diciembre de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Sofía Alejandra Arriagada Lara, abogada, deduciendo Acción Constitucional de Amparo en favor de don Herbert Enrique Salas Silva, Rut 18.099.035-6, recluido en el CDP Santiago Sur, en contra de Gendarmería De Chile quien se negó a enviar los antecedentes de la postulación del interno ante la Comisión de Libertad Condicional, que sesionó en el mes de octubre de 2022. Señala que don Herbert Salas Silva fue condenado el día 09 de julio de 2018, a la pena de 7 años por el delito de homicidio frustrado; reconociéndose en ese momento, su irreprochable conducta anterior y clasificado por Gendarmería como interno de bajo compromiso delictual. Registraba como tiempo mínimo para optar a la libertad condicional la fecha de 09 de julio de 2022, razón por la cual Gendarmería lo postuló para participar del proceso de libertad condicional del segundo semestre de 2022; lo cual se encuentra acreditado en el Informe de Postulación a la Libertad Condicional acompañado. Agrega que cumple íntegramente con los requisitos exigidos por el Decreto 321 para ser postulado a la Libertad Condicional. Esto es: a) el amparado cuenta con 13 bimestres de “muy buena” conducta; b) ha cumplido la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, razón por la cual fue considerado y postulado para participar en el proceso de libertad condicional del mes de octubre 2022. Señala que, si bien existe una modificación legal que elevó el tiempo mínimo cumplido para postular a la libertad condicional a 2/3 para el delito de homicidio simple, lo cierto es que fue postulado para participar del proceso antes de aquella modificación legal; y c) cuenta con un informe de postulación psicosocial elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, la profesional Tatiana Contreras, el día 02 de septiembre de 2022, para lo cual se entrevistó al amparado, dando señal inequívoca de que fue postulado para el proceso de Libertad
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas, en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Amparo, se rechaza la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de HERBERT ENRIQUE SALAS SILVA y dirigido en contra de la Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese N°Amparo-4525-2022.- Pronunciada por la Primera Sala, presidida por la Ministra señora Marisol Andrea Rojas Moya e integrada por la Ministra (S) señora Erika Andrea Villegas Pavlich y por el Abogado Integrante señor Jose Ramon Gutierrez Silva. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, doce de diciembre de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de diciembre de dos mil veintidós. Al folio N°16, a todo, téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece doña Sofía Alejandra Arriagada Lara, abogada, deduciendo Acción Constitucional de Amparo en favor de don Herbert Enrique Salas Silva, Rut 18.099.035-6, recluido en el CDP Santiago Sur, en contra de Gendarmería De Chile quien se negó a env
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