JUZGADO DE GARANTIA DE COLINA

MP C/ NN

Rol

Fecha

12 de diciembre de 2022

Materia

OTRAS FALTAS CODIGO PENAL

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Que las conductas atribuidas a los imputados no se subsumen en las figuras por las cuales fueron denunciados, toda vez que se trata de una simple discrepancia con el proceder de ambos funcionarios, lo que es insuficiente para mantener una investigación a todas luces dilatoria e injustificada. En lo que concierne al Notario Público denunciado, ya se ha decretado sobreseimiento definitivo a su respecto, por lo que no procede su revisión en esta sede. Y visto, además, lo dispuesto en las letras a y f del artículo 250 del Código Procesal Penal, se revoca en lo apelado la resolución de veinticinco de octubre de dos mil veintidós dictada por el Juzgado de Garantía de Colina, en los autos Rit 3676-2022 y, en su lugar, se decide que se sobresee definitivamente la presente causa respecto de los funcionarios del Ministerio Público señores Claudio Aguirre Sepúlveda y Ernesto González Durán, y del Notario Público. Comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-4988-2022.

Fallo

se decide que se sobresee definitivamente la presente causa respecto de los funcionarios del Ministerio Público señores Claudio Aguirre Sepúlveda y Ernesto González Durán, y del Notario Público. Comuníquese por la vía más expedita. N°Penal-4988-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de diciembre de dos mil veintidós. A lo folios 7 y 8: a todo, téngase presente. Vistos y oídos los intervinientes: Que las conductas atribuidas a los imputados no se subsumen en las figuras por las cuales fueron denunciados, toda vez que se trata de una simple discrepancia con el proceder de ambos funcionarios, lo que es insuficiente para mantener una investigación

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